Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA

Convocatoria de ayudas a la pobreza energética

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 75.077 €
Plazo de solicitudHasta 15 sept 2026
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Descripción

Ayudas municipales para facilitar el pago de suministros básicos de la vivienda (fundamentalmente energía eléctrica) a personas empadronadas en Villaviciosa en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social, con un importe máximo de 500 € por solicitud y año en pago único, hasta agotar el crédito presupuestario de 75.077,34 €.

Requisitos

  • Ser mayor de 25 años o unidad económica de convivencia independiente (con excepciones para mayores de edad en situaciones específicas como orfandad absoluta, discapacidad ≥45%, menores o personas dependientes a cargo, relación matrimonial o afectiva análoga, víctimas de violencia de género o salida de instituciones tutelares/penitenciarias)
  • Estar empadronado y tener residencia efectiva en el municipio de Villaviciosa durante al menos los últimos 12 meses
  • Ser nacional de un Estado miembro de la UE, transeúnte, emigrante retornado, persona refugiada, apátrida o extranjera en situación de necesidad (las personas extranjeras pueden acceder independientemente de su situación administrativa)
  • Existencia de un estado de necesidad constatado
  • Aceptar las condiciones del proceso de intervención social si así lo deciden los Servicios Sociales Municipales
  • En caso de menores a cargo, escolarización efectiva de los mismos
  • No superar los límites de ingresos brutos establecidos en función del IPREM y del número de miembros de la UECI (de 1,5 a 2 veces el IPREM según composición)

Documentación necesaria

  • Solicitud firmada con declaración de no estar incurso en supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 y autorización del apartado F
  • Copia de los recibos de consumo y factura de suministros de la vivienda (y recibo de alquiler o contrato de arrendamiento si la persona solicitante no es titular)
  • Copia del DNI/TIE o documento de identificación de la persona solicitante y del resto de personas que componen la UECI
  • Volante de empadronamiento colectivo (solo si no se autoriza su obtención)
  • Copia del libro de familia, certificación de nacimiento o documento acreditativo de guarda, custodia, tutela o acogimiento familiar de menores
  • Justificantes de ingresos de cada miembro de la UECI: Declaración del IRPF o certificación de no obligatoriedad, datos fiscales de la AEAT, 6 últimas nóminas (cuenta ajena), pagos fraccionados de los dos últimos trimestres (cuenta propia), vida laboral de mayores de 16 años, certificado del INSS sobre pensiones o prestaciones, certificación del SEPE en caso de desempleo, certificado de bienes inmuebles del Principado de Asturias, resolución de Salario Social Básico, IMV u otras prestaciones
  • Certificados bancarios de ahorros, depósitos o fondos de inversión con movimientos de los últimos 6 meses
  • Declaración responsable de actividades no regladas con cantidades mensuales percibidas
  • En caso de separación o divorcio: sentencia, convenio regulador y, si procede, solicitud de ejecución o denuncia por impago
  • Ficha de acreedor en modelo normalizado del Ayuntamiento tramitada por entidad bancaria

Cómo solicitar

  1. 1Descargar el modelo de solicitud en formato PDF editable desde el procedimiento 'Subvenciones' de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Villaviciosa
  2. 2Cumplimentar y firmar la solicitud, incluyendo declaración responsable y, opcionalmente, autorización para recabar datos del Padrón Municipal
  3. 3Reunir la documentación preceptiva indicada en el apartado J de la convocatoria
  4. 4Presentar la solicitud y documentación en las oficinas del Registro del Ayuntamiento, vía telemática a través de la Sede Electrónica, o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
  5. 5Subsanar en plazo de 10 días cualquier deficiencia o falta de documentación si el órgano instructor lo requiere
  6. 6Esperar la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se notificará y publicará conforme a las Bases Generales Reguladoras, en un plazo máximo de 6 meses

Dónde: Oficinas del Registro del Ayuntamiento de Villaviciosa o vía telemática a través de la Sede Electrónica (https://villaviciosa.sedelectronica.e-ayuntamiento.es/), así como en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910432Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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