Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA

Convocatoria de ayudas a la pobreza infantil

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 37.000 €
Plazo de solicitudHasta 15 sept 2026
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Descripción

Ayudas económicas de emergencia social destinadas a familias con menores a cargo empadronadas en Villaviciosa que se encuentren en situación de vulnerabilidad y riesgo de pobreza, para hacer frente a gastos básicos de alimentación, vestido y gastos ordinarios. La ayuda individual puede alcanzar un máximo de 700 euros, con un presupuesto total de 37.000 euros.

Requisitos

  • Ser persona mayor de 25 años o unidad económica de convivencia independiente con empadronamiento y residencia efectiva en Villaviciosa durante al menos los 12 meses anteriores a la solicitud
  • Ser nacional de un Estado miembro de la UE, transeúnte, emigrante retornado, refugiado, apátrida o persona extranjera en situación de necesidad, en los términos previstos en la convocatoria
  • Existencia de un estado de necesidad constatado
  • En caso de existir menores en la unidad familiar, escolarización efectiva de los menores a cargo
  • Aceptar las condiciones establecidas en el proceso de intervención social si así lo deciden los Servicios Sociales Municipales
  • Si en la misma unidad económica de convivencia independiente hubiera varias personas que pudieran ostentar la condición de beneficiario, solo podrá concederse la ayuda a una de ellas, con preferencia la que ostente la patria potestad o, en su defecto, la que cuente con menos ingresos

Documentación necesaria

  • Solicitud debidamente firmada, que incluye declaración de no estar incurso en los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 y autorización del apartado F
  • Copia del DNI/TIE o documento de identificación de la persona solicitante y del resto de miembros de la UECI
  • Volante de empadronamiento colectivo (solo si no se autoriza al Ayuntamiento a obtenerlo)
  • Copia del libro de familia, certificación de nacimiento y documento acreditativo de guarda, custodia o tutela o resolución de acogimiento familiar de menores
  • Copia de la Declaración del IRPF de todas las personas convivientes mayores de edad o certificación de no obligatoriedad de presentación
  • Datos fiscales del último ejercicio emitidos por la Agencia Tributaria
  • En caso de trabajadores por cuenta ajena: fotocopia de las 6 últimas nóminas
  • En caso de trabajadores por cuenta propia: copia del modelo de pagos fraccionados correspondientes a los dos últimos trimestres
  • Vida laboral de todos los miembros de la UECI mayores de 16 años
  • Certificado del INSS en caso de percibir pensión o prestación social pública, Incapacidad Temporal, Maternidad o Paternidad
  • En caso de desempleo: certificación del Servicio Público de Empleo sobre prestaciones o subsidios percibidos
  • Certificado de bienes inmuebles emitido por el Servicio de Recaudación del Principado de Asturias
  • Copia de la Resolución de Salario Social Básico, Ingreso Mínimo Vital u otra prestación económica que perciba cualquier integrante de la UECI
  • Certificados bancarios de cartillas de ahorro, depósitos bancarios y fondos de inversión, con movimientos de los últimos 6 meses
  • Declaración responsable de cantidades mensuales percibidas por actividades no regladas o lucrativas no sujetas a contrato o declaración fiscal
  • En caso de separación o divorcio: copia de sentencia y convenio regulador; en su caso, solicitud de ejecución o denuncia por impago
  • Ficha de acreedor en modelo normalizado del Ayuntamiento, tramitada por entidad bancaria

Cómo solicitar

  1. 1Descargar el modelo de solicitud en formato PDF editable desde el procedimiento 'Subvenciones' de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Villaviciosa
  2. 2Rellenar y firmar la solicitud, incluyendo la declaración del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 y la autorización para la obtención de datos del Padrón Municipal
  3. 3Reunir toda la documentación preceptiva indicada en el apartado J de la convocatoria
  4. 4Presentar la solicitud y la documentación en las oficinas del Registro del Ayuntamiento de Villaviciosa o vía telemática a través de la Sede Electrónica, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
  5. 5Si la solicitud o la documentación presentaran deficiencias, el órgano instructor requerirá al solicitante para que las subsane en un plazo de 10 días
  6. 6Esperar la resolución, que corresponde a la Junta de Gobierno Local, con un plazo máximo de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación
  7. 7El pago de la subvención se realiza en un solo abono mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada en la ficha de acreedor

Dónde: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Villaviciosa (https://villaviciosa.sedelectronica.e-ayuntamiento.es) o presencialmente en las oficinas del Registro del Ayuntamiento de Villaviciosa, así como en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910438Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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