Ayudalíza
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Plazo de solicitudHasta 31 dic 2026
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Descripción

Fomento del Empleo

Requisitos

  • Ser una de las asociaciones firmantes del convenio: APE Galicia, ATA Galicia o AGTAMAR
  • Estar presente en la Mesa do Traballo Autónomo de Galicia
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Administración Tributaria de Galicia
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Tesorería General de la Seguridad Social
  • No tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma
  • No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia
  • Presentar declaración responsable de los requisitos anteriores antes de la firma del convenio
  • Tener experiencia acreditada en asesoramiento integral a personas autónomas y microempresas

Documentación necesaria

  • Certificación expedida por el órgano de la entidad con facultades de control, que incluya una relación detallada de los expedientes realizados para cumplir el objeto del convenio
  • Declaración complementaria del conjunto de ayudas, ingresos o recursos percibidos para la misma finalidad, con indicación del importe y su procedencia
  • Declaración responsable de estar al día en las obligaciones tributarias (AEAT y ATRIGA) y con la Seguridad Social, o certificaciones acreditativas correspondientes
  • Memoria de actuación con indicación de las actividades realizadas, número de personas participantes (desagregado por sexo y edad) y resumen global de los resultados, en formato editable
  • Documentación acreditativa de la exención del IVE, en caso de estar exento
  • Declaración de la titularidad de la cuenta bancaria donde realizar el pago

Cómo solicitar

  1. 1Las asociaciones firmantes deben presentar la documentación justificativa de las actuaciones realizadas por vía telemática, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015
  2. 2La fecha límite de presentación de la justificación es el 1 de diciembre de 2026
  3. 3La Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais comprobará la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención
  4. 4Una vez verificado, se expedirá certificado acreditativo y se tramitará el pago
  5. 5Podrán realizarse pagos a cuenta de hasta el 80% del importe del convenio, conforme al artículo 62 del Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia
  6. 6Si los gastos justificados fuesen inferiores al financiamiento estipulado, se pagará únicamente la cuantía efectivamente justificada, siempre que se cumpla la finalidad prevista

Dónde: Sede electrónica de la Xunta de Galicia (presentación telemática conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910466Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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