Decreto de Alcaldía, de 3 de junio de 2026, por el que se aprueba la Convocatoria 2026 de ayudas municipales directas, de urgencia, a favor de vecinos de Portugalete, con el objeto de prevenir, evitar o paliar situaciones de riesgo o exclusión social
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Descripción
Subvenciones directas de urgencia destinadas a personas empadronadas en Portugalete cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos extraordinarios, con el fin de prevenir, evitar o paliar situaciones de riesgo o exclusión social. Se trata de prestaciones no periódicas de naturaleza económica, de carácter finalista y subsidiario, con un crédito total de 86.000 € para 2026.
Requisitos
- Ser mayor de edad (excepción: menores con otros menores a su cargo)
- No disponer de bienes inmuebles de propiedad al 100% (salvo vivienda habitual, garaje y trastero; inmuebles no residenciales con valor inferior a 10.000 € no se computan)
- Estar empadronado/a y tener residencia efectiva en Portugalete con al menos 3 meses de antelación (excepciones: familias con menores a cargo, personas en riesgo o exclusión social, víctimas de violencia machista o doméstica)
- No disponer de ingresos anuales brutos superiores a 2 veces la cuantía de la RGI correspondiente según miembros de la UC (o 3 veces en situaciones excepcionales de los apartados b)
- No disponer de un patrimonio superior a 1/3 del límite de patrimonio establecido para la RGI según miembros de la UC
- No haber sido sancionada administrativa o penalmente por discriminación por razón de sexo o incumplimiento de la normativa de igualdad
- No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria según la Ley General de Subvenciones (excepto el requisito de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, por la naturaleza urgente de la ayuda)
Documentación necesaria
- Copia del DNI, NIE o Pasaporte en vigor de las personas mayores de 14 años
- Copia del Libro de Familia o inscripción de nacimiento en el Registro Civil; o documento que acredite guardia y custodia o tutela
- Copia de la inscripción de matrimonio en el Registro Civil o Certificado del Registro de pareja de hecho de Gobierno Vasco
- Declaración responsable de ingresos y patrimonio (ANEXO 2)
- Copia de la Sentencia firme de separación y/o divorcio y del Convenio de medidas paterno-filiales
- Justificante de solicitud y/o ingresos o suspensión de recursos y prestaciones sociales de ámbito supramunicipal
- Vida laboral de las personas mayores de 16 años
- Copia del contrato laboral y de la última nómina
- En caso de profesionales autónomas: copia de la última declaración de la renta validada por Hacienda Foral
- Certificado de Bienes de las personas mayores de 16 años, con antigüedad máxima de 6 meses
- Saldos e intereses de todas las cuentas bancarias, títulos, valores o depósitos (ANEXO 4)
- Movimientos de los últimos 3 meses de todas las cuentas bancarias
- Para personas extranjeras: declaración responsable de bienes en país de origen (ANEXO 5)
- Declaración responsable de convivencia o parentesco cuando sean dos o más UC (ANEXO 6)
- Presupuestos o facturas de los gastos para los que solicita ayuda
- Contrato de arriendo/coarriendo/subarriendo de vivienda/habitación o pupilaje y justificante de último pago
- Justificante bancario del crédito hipotecario de la vivienda habitual
- Inscripción como solicitante en el Registro de ETXEBIDE
- Certificación bancaria para la domiciliación de la ayuda (ANEXO 3) y, en su caso, endoso bancario (ANEXO 7)
- Cualquier otro documento que avale la situación de necesidad o sea requerido por la profesional de referencia
Cómo solicitar
- 1Contactar con los Servicios Sociales municipales del Ayuntamiento de Portugalete para iniciar el proceso de acompañamiento social
- 2Cumplimentar la instancia de solicitud (ANEXO 1) con la colaboración de los Servicios Sociales municipales
- 3Reunir toda la documentación requerida correspondiente a la unidad de convivencia
- 4Presentar la solicitud y la documentación en el Registro General del Ayuntamiento, en la Oficina de Información y Atención a la Ciudadanía, en la sede electrónica o en los lugares previstos en la Ley 39/2015
- 5En caso de solicitud incompleta, subsanar la falta de documentación en el plazo de 10 días tras requerimiento
- 6El Ayuntamiento comprobará empadronamiento, propiedad de vehículos y elaborará el informe social
- 7Esperar la resolución mediante Decreto de Alcaldía (plazo máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria; silencio administrativo negativo)
- 8Justificar la ayuda en un plazo máximo de 3 meses desde la notificación, mediante recibos y/o facturas (los gastos de alimentación se justifican con declaración responsable)
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Portugalete (lunes a viernes de 8:00 a 14:00); Oficina de Información y Atención a la Ciudadanía en Plaza San Roque s/n (lunes a viernes de 14:30 a 20:15 y sábados de 9:00 a 13:45); sede electrónica www.portugalete.org; o cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015
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