Convocatoria del Ayuntamiento de Carlet de ayudas municipales al emprendedor/a y autónomo/a 2026 según Decreto 2026-1806
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Descripción
Ayudas municipales destinadas a personas desempleadas que se constituyan como autónomos/as o socios/as de empresas de economía social ubicadas en Carlet, para financiar gastos corrientes (cuota de autónomos, alquileres, suministros, asesorías y material consumible) con un importe máximo de 1.500,00 euros por beneficiario/a.
Requisitos
- Haber iniciado la actividad empresarial o profesional entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026 (fecha según Declaración de Alta en el Censo de Obligados Tributarios, modelo 036 o 037)
- Haber causado alta en el Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as (RETA) o en el Régimen General de la Seguridad Social (socios/as de Sociedades Laborales o Cooperativas de Trabajo) entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
- No haber estado de alta anteriormente en el RETA, o que haya transcurrido al menos 1 año desde la última baja (6 años si ya obtuvo esta ayuda municipal)
- Demostrar situación de inactividad laboral previa al alta en el RETA
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, el Ayuntamiento de Carlet y con la Seguridad Social
- Mantener la actividad por cuenta propia durante un mínimo de un año desde el inicio
- Desarrollar la actividad en algún municipio de la Comunidad Valenciana
- Estar empadronado/a en Carlet con al menos 3 meses de antigüedad antes de la solicitud y mantener el empadronamiento de forma ininterrumpida durante al menos 12 meses desde la presentación
- Haber solicitado y, en su caso, obtenido las autorizaciones o presentado las declaraciones responsables habilitadoras para el ejercicio de la actividad
- En caso de incorporación a sociedad mercantil existente antes del 1 de octubre de 2025, disponer de al menos el 51% del capital social; si se constituye después, participación del 1%
- Para socios/as de cooperativas o sociedades laborales, suscribir participación con valor no inferior al de cualquier otro socio/a y mínimo de 500 euros, con jornada superior a 20 horas semanales
Documentación necesaria
- DNI del trabajador/a autónomo/a o permiso de trabajo y residencia si es extranjero no comunitario
- Resolución del alta en el RETA o Documento Único Electrónico CIRCE con código seguro de verificación
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, el Ayuntamiento de Carlet y con la Seguridad Social
- Declaración Censal (modelos 036 o 037)
- Informe actualizado de vida laboral emitido por la Seguridad Social
- En caso de sociedades civiles o mercantiles: documentación justificativa de la participación mínima del 51% en el capital social
- Para autónomos/as colaboradores/as: libro de familia, DNI del titular de la explotación y alta en RETA del autónomo/a colaborador/a
- Para socios/as trabajadores/as o cooperativistas en Régimen General: documentación acreditativa de la fecha de alta y permanencia como socio/a, escritura pública de suscripción de acciones o participaciones laborales, copia del contrato de trabajo y documentación de la duración de la jornada y porcentaje sobre jornada completa
Cómo solicitar
- 1Obtener los modelos de solicitud en las oficinas del Departamento AEDL (Edificio Lluís Vives, C/ Luis Vives, 28) o en la web www.carlet.es
- 2Cumplimentar la solicitud y reunir la documentación exigida (original o fotocopia compulsada)
- 3Presentar la solicitud en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Carlet o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015
- 4Si la solicitud no reúne los requisitos o falta documentación, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días subsane la deficiencia; en caso contrario se entenderá por desistida
- 5La Comisión de Valoración y Seguimiento comprobará la documentación y el cumplimiento de los requisitos, formulando propuesta de concesión o denegación
- 6La Alcaldía-Presidencia dictará la resolución definitiva, que se notificará a los interesados
- 7Recibir el pago anticipado del 60% en los 15 días siguientes a la resolución de concesión
- 8Justificar la ayuda en el plazo de dos meses desde la finalización del año de inicio de la actividad, presentando facturas por los gastos subvencionables hasta el importe de 1.500 euros
- 9Recibir el pago de la diferencia entre el importe justificado y el anticipado, en los 15 días posteriores a la resolución de aprobación de la justificación
Dónde: Registro de Entrada del Ayuntamiento de Carlet o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Modelos disponibles en el Departamento AEDL (Edificio Lluís Vives, C/ Luis Vives, 28) o en www.carlet.es
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