Convocatoria del Ayuntamiento de Carlet Ayudas Municipales para paliar los costes que genera la apertura de un nuevo negocio o establecimiento 2026, según Decreto 2026-1807.
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Descripción
Ayudas a fondo perdido de hasta 500 euros por beneficiario destinadas a emprendedores/as y microempresas que establezcan o abran un nuevo negocio en el término municipal de Carlet entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, con el fin de fomentar la actividad económica y reactivar la economía local.
Requisitos
- Ser emprendedor/a o microempresa que inicie o establezca un nuevo negocio en Carlet entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
- Personas físicas que ejerzan actividad como trabajador/a autónomo/a, cooperativista, socio de pequeña o mediana empresa, sociedad laboral o cualquier forma mercantil admitida en derecho, con un máximo de 5 socios/as o trabajadores
- Empresas de menos de 10 trabajadores/as cuyo volumen de negocios no supere los 2.000.000 de euros
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias frente al Estado, el Ayuntamiento de Carlet y frente a la Seguridad Social
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Carlet (salvo pago previo a la concesión)
- Haber solicitado la correspondiente licencia de actividad o presentado declaración responsable o comunicación previa para el inicio de la actividad
- Haber obtenido la autorización por decreto o validación por la oficina técnica urbanística para el ejercicio de la actividad
- Haber satisfecho la tasa municipal correspondiente a la actuación de control previo o posterior al inicio de la actividad económica (tasa por licencia de actividad, apertura o declaración responsable/comunicación previa)
- Haber satisfecho, en su caso, la tasa por licencia ambiental regulada en el artículo 6.1.c) de la Ordenanza fiscal correspondiente
Documentación necesaria
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias frente al Estado, el Ayuntamiento de Carlet y frente a la Seguridad Social
- Declaración Censal (modelos 036 o 037)
- NIF o CIF del beneficiario de la subvención
- Documentos justificativos de los gastos subvencionables (tasa municipal, gastos de redacción de proyectos/certificados/honorarios profesionales, gastos de creación de rótulos publicitarios, gastos de extintores y luces de emergencia del local)
- Declaración responsable de no haber solicitado concurso voluntario, no estar declarado insolvente, ni sujeto a intervención judicial, ni inhabilitado conforme a la Ley 22/2003 Concursal
Cómo solicitar
- 1Obtener el modelo de solicitud en las oficinas del Departamento AEDL (Edificio Lluís Vives, C/ Luis Vives, 28) o en la página web www.carlet.es
- 2Cumplimentar la solicitud y reunir la documentación exigida (original o fotocopia compulsada)
- 3Presentar la solicitud en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Carlet, en las oficinas del Departamento AEDL, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015
- 4Si la solicitud no reúne los requisitos, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días enmiende la deficiencia; en caso contrario, se entenderá por desistida
- 5La Comisión de Valoración y Seguimiento estudiará las solicitudes y formulará propuesta de concesión o denegación
- 6El/la Concejal/a de Empleo elevará el expediente a la Comisión de Valoración para su estudio y propuesta
- 7La propuesta de resolución será elevada a la Alcaldía para su resolución definitiva
- 8La resolución de Alcaldía se notificará a los interesados y se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página web municipal
Dónde: Registro de Entrada del Ayuntamiento de Carlet u oficinas del Departamento AEDL (Edificio Lluís Vives, C/ Luis Vives, 28), o por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015. Modelos disponibles en www.carlet.es
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