AYUDAS EMERGENCIA SOCIAL AÑO 2026
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Descripción
Ayudas económicas de carácter subvencional, finalista y no periódico destinadas a personas o familias empadronadas y con residencia efectiva en Barakaldo cuyos recursos son insuficientes para hacer frente a gastos específicos ordinarios o extraordinarios (alquiler, hipoteca, energía, habitabilidad de vivienda, necesidades primarias, deudas, etc.), con el fin de prevenir, evitar o paliar situaciones de riesgo o exclusión social. La dotación total de la convocatoria para 2026 asciende a 1.938.288,00 €.
Requisitos
- Estar empadronado/a y tener residencia efectiva en el municipio de Barakaldo
- Carecer de recursos económicos suficientes para hacer frente a los gastos específicos contemplados en la ayuda
- Acreditar la situación de necesidad social conforme a los indicadores establecidos en la Ley 14/2022 y el Decreto 21/2026
- Cumplir las condiciones y requisitos regulados en la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión, y en el Decreto 21/2026, de 24 de febrero, que regula las Ayudas de Emergencia Social
- No incurrir en las incompatibilidades previstas en la convocatoria
Documentación necesaria
- Documentación acreditativa de la identidad del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia
- Certificado de empadronamiento y residencia efectiva en Barakaldo
- Documentación justificativa de los ingresos y recursos económicos de la unidad de convivencia
- Justificación del gasto específico para el que se solicita la ayuda (recibos, facturas, contratos, etc.)
- Documentación acreditativa de la situación de necesidad social
- En su caso, documentación relativa a vivienda, suministros, endeudamiento o necesidades primarias
- Cualquier otra documentación que se requiera en el Anexo I de la convocatoria (manual, criterios y cuantías)
Cómo solicitar
- 1Consultar el manual, criterios y cuantías máximas por conceptos aprobados en el Anexo I de la convocatoria
- 2Cumplimentar la solicitud conforme al modelo oficial, indicando el concepto y gasto específico para el que se pide la ayuda
- 3Aportar la documentación acreditativa necesaria junto con la solicitud
- 4Presentar la solicitud dentro del plazo establecido, por las vías previstas en la convocatoria
- 5Esperar la resolución del expediente, que podrá tramitarse por lotes conforme a la convocatoria
- 6Justificar el destino de la ayuda concedida en el plazo establecido (hasta el 31 de enero de 2027, o un mes desde la notificación si la ayuda se abona con posterioridad al 31 de diciembre de 2026)
Dónde: Oficina Virtual del Ayuntamiento de Barakaldo (https://www.barakaldo.eus/OficinaVirtualBarakaldo) y, presencialmente, en las oficinas del Área de Acción Social del Ayuntamiento de Barakaldo
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.