Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE SAN CIBRAO DAS VIÑAS

Bases generales y convocatoria que regirán las ayudas para libros y material escolar de educación infantil para el curso 2026/2027

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 4000 €
Plazo de solicitudHasta 30 sept 2026
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Descripción

Ayudas municipales para facilitar la compra de libros y material escolar a alumnos del segundo ciclo de educación infantil (3-6 años) matriculados en centros públicos o privados concertados, con una cuantía máxima de 145 € por solicitante, hasta agotar el crédito presupuestario disponible.

Requisitos

  • Figurar empadronado en el Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas con una antigüedad mínima de un año anterior a la convocatoria
  • Ser padre, madre, tutor/a, representante legal o persona encargada de la guardia y custodia del menor que vaya a cursar educación infantil (segundo ciclo) en el curso 2026/2027
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT, Atriga, Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento
  • No exceder el nivel máximo de ingresos: renta per cápita anual de la unidad familiar no superior a 8.400 € netos por miembro
  • El alumno/a beneficiario debe cursar estudios como alumno/a oficial
  • Haber presentado la solicitud y la documentación requerida en plazo
  • No se otorgarán ayudas para estudios fuera de la provincia
  • Ningún miembro computable de la unidad familiar puede estar obligado a presentar declaración por el Impuesto sobre el Patrimonio

Documentación necesaria

  • Copia del DNI, NIE o documento equivalente en vigor del solicitante (padre, madre, tutor/a)
  • Copia del Libro de Familia o documento equivalente donde figure el alumno/a y los miembros computables
  • En caso de separación o divorcio: copia de la sentencia judicial y/o convenio regulador con la atribución de custodia del menor
  • Certificado de acogimiento familiar o resolución judicial, en su caso
  • Certificación de estar al corriente de pago con AEAT, Atriga y Seguridad Social (las deudas municipales se comprobarán de oficio)
  • Certificado o informe del centro educativo donde figure matriculado el alumno/a y curso correspondiente
  • Listado de libros y material escolar indicado por el colegio
  • Factura original del gasto realizado, sin enmiendas, con los datos fiscales del establecimiento, fecha, número, desglose de bases e IVA y detalle de la compra a nombre del titular de la solicitud
  • Declaración formal firmada de que ningún miembro de la unidad familiar tiene deber de presentar declaración por el Impuesto sobre el Patrimonio
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria del solicitante
  • Copia de la declaración de la renta y patrimonio del ejercicio 2025, o certificado de imputaciones de Hacienda si no está obligado a declarar
  • Certificado de empresa correspondiente a 2025, en caso de trabajar y no tener obligación de presentar declaración de la renta
  • Certificado de la Seguridad Social de la pensión percibida en 2025 para pensionistas
  • Documentación acreditativa de otras prestaciones o ingresos (RISGA, IMV, RAI, pensión no contributiva, prestación por hijo a cargo, manutenciones, pensiones compensatorias, pensiones de orfandad, etc.)
  • En caso de separación/divorcio con pensión alimenticia impagada: denuncia de incumplimiento de sentencia
  • Certificado del INEM (SEPE) para miembros en situación de paro durante 2025, con o sin prestaciones
  • Acreditación de ingresos de 2025 para miembros emigrantes o inmigrantes, o residentes en el extranjero

Cómo solicitar

  1. 1Acceder a la sede electrónica del Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas en http://sancibrao.sedelectronica.es y obtener el formulario normalizado de solicitud
  2. 2Cumplimentar y firmar la solicitud, aceptando las bases de la convocatoria
  3. 3Reunir toda la documentación requerida (identificación, libro de familia, documentación económica, factura del gasto, etc.)
  4. 4Presentar la solicitud preferentemente por vía telemática a través de la sede electrónica, o de forma presencial en el Ayuntamiento o en los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
  5. 5El personal técnico de servicios sociales revisará la documentación; si detecta errores u omisiones, requerirá al solicitante para que los subsane en el plazo de 10 días hábiles
  6. 6Una vez completado el expediente, la Alcaldía dictará la propuesta definitiva de resolución hasta agotar el crédito disponible
  7. 7El seguimiento de las comunicaciones del procedimiento se realizará a través del tablón de anuncios de la sede electrónica municipal, sin perjuicio de la notificación individual en caso de requerimiento o resolución

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas (http://sancibrao.sedelectronica.es) o presencialmente en el Registro del Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas, Praza da Constitución, 1, 32911 San Cibrao das Viñas (Ourense), o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910929Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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