Bases generales y convocatoria que regirán las ayudas para libros y material escolar de educación infantil para el curso 2026/2027
Próximamente · pendiente de publicación oficial
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Ayudas municipales para facilitar la compra de libros y material escolar a alumnos del segundo ciclo de educación infantil (3-6 años) matriculados en centros públicos o privados concertados, con una cuantía máxima de 145 € por solicitante, hasta agotar el crédito presupuestario disponible.
Requisitos
- Figurar empadronado en el Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas con una antigüedad mínima de un año anterior a la convocatoria
- Ser padre, madre, tutor/a, representante legal o persona encargada de la guardia y custodia del menor que vaya a cursar educación infantil (segundo ciclo) en el curso 2026/2027
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT, Atriga, Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento
- No exceder el nivel máximo de ingresos: renta per cápita anual de la unidad familiar no superior a 8.400 € netos por miembro
- El alumno/a beneficiario debe cursar estudios como alumno/a oficial
- Haber presentado la solicitud y la documentación requerida en plazo
- No se otorgarán ayudas para estudios fuera de la provincia
- Ningún miembro computable de la unidad familiar puede estar obligado a presentar declaración por el Impuesto sobre el Patrimonio
Documentación necesaria
- Copia del DNI, NIE o documento equivalente en vigor del solicitante (padre, madre, tutor/a)
- Copia del Libro de Familia o documento equivalente donde figure el alumno/a y los miembros computables
- En caso de separación o divorcio: copia de la sentencia judicial y/o convenio regulador con la atribución de custodia del menor
- Certificado de acogimiento familiar o resolución judicial, en su caso
- Certificación de estar al corriente de pago con AEAT, Atriga y Seguridad Social (las deudas municipales se comprobarán de oficio)
- Certificado o informe del centro educativo donde figure matriculado el alumno/a y curso correspondiente
- Listado de libros y material escolar indicado por el colegio
- Factura original del gasto realizado, sin enmiendas, con los datos fiscales del establecimiento, fecha, número, desglose de bases e IVA y detalle de la compra a nombre del titular de la solicitud
- Declaración formal firmada de que ningún miembro de la unidad familiar tiene deber de presentar declaración por el Impuesto sobre el Patrimonio
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria del solicitante
- Copia de la declaración de la renta y patrimonio del ejercicio 2025, o certificado de imputaciones de Hacienda si no está obligado a declarar
- Certificado de empresa correspondiente a 2025, en caso de trabajar y no tener obligación de presentar declaración de la renta
- Certificado de la Seguridad Social de la pensión percibida en 2025 para pensionistas
- Documentación acreditativa de otras prestaciones o ingresos (RISGA, IMV, RAI, pensión no contributiva, prestación por hijo a cargo, manutenciones, pensiones compensatorias, pensiones de orfandad, etc.)
- En caso de separación/divorcio con pensión alimenticia impagada: denuncia de incumplimiento de sentencia
- Certificado del INEM (SEPE) para miembros en situación de paro durante 2025, con o sin prestaciones
- Acreditación de ingresos de 2025 para miembros emigrantes o inmigrantes, o residentes en el extranjero
Cómo solicitar
- 1Acceder a la sede electrónica del Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas en http://sancibrao.sedelectronica.es y obtener el formulario normalizado de solicitud
- 2Cumplimentar y firmar la solicitud, aceptando las bases de la convocatoria
- 3Reunir toda la documentación requerida (identificación, libro de familia, documentación económica, factura del gasto, etc.)
- 4Presentar la solicitud preferentemente por vía telemática a través de la sede electrónica, o de forma presencial en el Ayuntamiento o en los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 5El personal técnico de servicios sociales revisará la documentación; si detecta errores u omisiones, requerirá al solicitante para que los subsane en el plazo de 10 días hábiles
- 6Una vez completado el expediente, la Alcaldía dictará la propuesta definitiva de resolución hasta agotar el crédito disponible
- 7El seguimiento de las comunicaciones del procedimiento se realizará a través del tablón de anuncios de la sede electrónica municipal, sin perjuicio de la notificación individual en caso de requerimiento o resolución
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas (http://sancibrao.sedelectronica.es) o presencialmente en el Registro del Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas, Praza da Constitución, 1, 32911 San Cibrao das Viñas (Ourense), o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.