SUBVENCIONES POR CONCURRENCIA COMPETITIVA DEL AYUNTAMIENTO DE LLANES PARA ENTIDADES Y ACTIVIDADES CULTURALES EN EL AÑO 2026.
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que organicen, promuevan, recuperen, difundan o investiguen actividades culturales en el Concejo de Llanes. Se distribuye un crédito total de 85.000 € en dos líneas: Línea I (preservación antropológica, etnografía y cultura tradicional del Oriente de Asturias, hasta 30.000 €) y Línea II (actividades culturales en el concejo, hasta 55.000 €).
Requisitos
- Ser persona física, jurídica o entidad sin personalidad jurídica que organice, promocione, recupere, difunda o investigue actividades culturales en el ámbito del Concejo de Llanes
- Ser asociación o fundación cultural legalmente constituida, colegio/centro docente o asociación de padres y alumnos vinculada, o agrupación de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica propia
- Estar inscrita o solicitar inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones (personas jurídicas)
- Obtener una puntuación mínima de 45 puntos en la valoración del proyecto
- La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el 50% del importe total reservado para cada línea de subvención
- Si varias entidades tienen vínculos fundacionales entre sí, serán consideradas como una entidad única a efectos del límite del 50%
- No ser beneficiario de subvenciones nominativas del Ayuntamiento de Llanes para proyectos idénticos, similares o complementarios
- El importe de la ayuda no podrá superar el coste de la actividad subvencionada, aislada o en concurrencia con otros ingresos
- Quedan excluidos: sueldos y salarios, gastos corrientes de la entidad, gastos de mantenimiento (salvo los directamente relacionados con la actividad), actividades de festejos populares y fiestas patronales, gastos de obras, reparaciones y rehabilitación de muebles e inmuebles
Documentación necesaria
- Solicitud de participación según modelo normalizado (ANEXO I), firmada por la persona beneficiaria o su representante legal
- Acreditación de la representación mediante medio válido en Derecho (si se actúa por representante)
- Identificación de la entidad e inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones, o solicitud de inscripción
- Fotocopia del CIF de la entidad y del DNI de su representante (ANEXO II)
- Ficha técnica (ANEXO III)
- Ficha de acreedor (ANEXO IV)
- Ficha detalle del proyecto para el que se solicita la subvención (ANEXO V), cumplimentada individualmente para cada proyecto
- Certificaciones de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (salvo autorización expresa al órgano competente para su obtención telemática)
- Memoria de actuación justificativa (en la fase de justificación)
- Memoria económica justificativa del coste de las actividades (ANEXO VI) con resumen detallado de ingresos y gastos
- Facturas o documentos justificativos de los gastos
Cómo solicitar
- 11. Publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA)
- 22. Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración; la solicitud debe presentarse por vía electrónica a través de la oficina virtual de la página web del Ayuntamiento de Llanes, accediendo a la Sede electrónica > Catálogo de servicios > Procedimientos Generales
- 33. Cumplimentar la solicitud según modelo normalizado (ANEXO I) y reunir la documentación requerida
- 44. Presentar la solicitud y la documentación en el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOPA
- 55. Alternativamente, presentar en el Registro General del Ayuntamiento (Calle Nemesio Sobrino s/n, de 9:00 a 14:00 horas) o por cualquiera de los medios del artículo 16 de la Ley 39/2015
- 66. Si la documentación es incompleta, el Ayuntamiento requerirá la subsanación en un plazo máximo e improrrogable de cinco días, transcurrido el cual se tendrá por desistida la petición
- 77. Valoración por la Comisión de Valoración conforme a los criterios establecidos en las bases
- 88. Resolución de concesión por la Presidencia, indicando la cuantía y los criterios de valoración aplicados
- 99. Justificación de la subvención antes del 16 de noviembre de 2026 mediante cuenta justificativa con memoria de actuación y memoria económica
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Llanes (oficina virtual > Catálogo de servicios > Procedimientos Generales); alternativamente, Registro General del Ayuntamiento de Llanes, Calle Nemesio Sobrino s/n, en horario de 9:00 a 14:00 horas, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015
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