Ayudalíza
CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN

Orden de 21 de mayo de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras para promover la primera experiencia profesional mediante contratos formativos para las personas jóvenes o en el sector artesanal, y se procede a su convocatoria para el año 2026

ImporteHasta 100.000 €
Plazo de solicitudHasta 30 sept 2026
Estadoabierta

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Descripción

Subvenciones para promover la primera experiencia profesional en Galicia mediante contratos formativos: Programa I (TR353C) para personas jóvenes menores de 30 años y Programa II (TR353E) para oficios artesanales. Las ayudas, sometidas a régimen de minimis, se conceden a empresas y personas empleadoras con centro de trabajo en Galicia que contraten a personas jóvenes desempleadas, con un presupuesto total de 8.761.886,57 € para 2026.

Requisitos

  • Ser persona empleadora o empresa (quedan excluidas las administraciones públicas, sociedades públicas, entidades vinculadas o dependientes, y entidades sin ánimo de lucro)
  • Tener centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia
  • No concurrir ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia
  • No estar excluida del acceso a los beneficios de los programas de empleo conforme a los artículos 46 y 46 bis del Real decreto legislativo 5/2000
  • Cumplir los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 para subvenciones superiores a 30.000 euros
  • Las personas autónomas societarias solo podrán presentar una única solicitud
  • Para el Programa I: contratar a personas jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años, desempleadas e inscritas en el Servicio Público de Empleo de Galicia
  • Para el Programa II: realizar contratos formativos en talleres artesanos inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia
  • Estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Administración pública de la Comunidad Autónoma

Documentación necesaria

  • Solicitud según modelo normalizado (Anexo 1.1 para el Programa I TR353C o Anexo 1.2 para el Programa II TR353E)
  • Declaración responsable incluida en la solicitud (Anexo 1.1 o 1.2) sobre ausencia de prohibiciones, ayudas concurrentes, régimen de minimis y cumplimiento de requisitos
  • Acreditación de la representación, en su caso, por cualquier medio válido en derecho (salvo inscripción en el Registro Electrónico General de Apoderamientos de Galicia)
  • Documento firmado por la persona o personas contratadas (Anexo III) autorizando u oponiéndose a la comprobación de sus datos
  • Para agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes u otras: documentación complementaria de agrupación
  • En su caso, certificación de cumplimiento de plazos de pago emitida por auditor registrado en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (para subvenciones superiores a 30.000 € y sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada)

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el formulario normalizado (Anexo 1.1 para el Programa I o Anexo 1.2 para el Programa II)
  2. 2Acceder a la Sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal)
  3. 3Identificarse mediante cualquiera de los mecanismos admitidos, incluido el sistema Chave365
  4. 4Presentar la solicitud y la documentación complementaria por medios electrónicos de forma obligatoria
  5. 5Si la solicitud se presentara presencialmente, será requerida su subsanación mediante presentación electrónica, considerándose como fecha de presentación la de la enmienda
  6. 6La presentación implica la aceptación incondicionada de las bases reguladoras y de la subvención

Dónde: Sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), de forma obligatoria por medios electrónicos

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/911182Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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