CONVOCATORIA BECAS DE COMEDOR ESCOLAR PARA EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA CURSO 2026/2027 SAN MARTIN DEL REY AURELIO
Próximamente · pendiente de publicación oficial
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Descripción
Convocatoria de becas para sufragar el coste del servicio de comedor escolar de alumnos de Educación Infantil y Primaria escolarizados en centros públicos o concertados de San Martín del Rey Aurelio, así como para menores de 0 a 3 años en escuelas infantiles concertadas que no puedan acceder a las municipales. La finalidad es favorecer la integración laboral de los padres y apoyar a menores en situación de riesgo o desigualdad social.
Requisitos
- Ser alumno/a de Educación Infantil o Primaria escolarizado en un centro público o concertado del Municipio de San Martín del Rey Aurelio que disponga de servicio de comedor
- No recibir subvención por otras Administraciones Públicas para el mismo concepto (comedor escolar)
- Acreditar escasez de recursos económicos de la unidad familiar
- Para las becas de Escuela Infantil de 0 a 3 años: precisar el servicio por circunstancias socio-familiares y no poder acceder a las escuelas infantiles municipales
- Formalizar la solicitud en modelo oficial acompañada de la documentación exigida
Documentación necesaria
- Solicitud firmada por el solicitante (madre, padre o tutor) en modelo normalizado facilitado por el Centro de Servicios Sociales
- Libro de familia del/la menor o menores, o libro de familia numerosa cuando proceda
- DNI de los padres/tutores y miembros de la unidad familiar, y/o actas de nacimiento de menores de 16 años sin DNI
- En caso de extranjeros: NIE, pasaporte y/o permiso de residencia o autorización de residencia/permanencia del solicitante y miembros de la vivienda
- Certificado de empadronamiento colectivo de todos los miembros de la unidad familiar (incorporado de oficio, salvo no residentes en SMRA)
- Certificación de la Dirección del Centro de estar escolarizado y curso al que asiste
- Certificado del INSS sobre percepción de pensiones o Ingreso Mínimo Vital, o negativa de no percibirlos
- Informe de Vida Laboral actualizado
- Movimientos bancarios de todas las personas de los 3 meses anteriores al mes de apertura del plazo de solicitud
- Declaración del IRPF o certificación negativa de Hacienda
- Trabajadores por cuenta propia: modelo 130 del último trimestre, cotizaciones a la Seguridad Social y pagos fraccionados de los últimos 3 meses
- Trabajadores por cuenta ajena: nóminas de los últimos 3 meses y contrato, si procede
- En caso de separación o divorcio: sentencia, convenio regulador y justificantes de pensiones alimenticias y compensatorias de los 3 meses anteriores; o acreditación de haber iniciado los trámites legales
- Desempleados: certificación del SEPE que acredite la situación de demandante de empleo y prestaciones de los 3 meses anteriores
- Beneficiarios de Salario Social o Ingreso Mínimo Vital: extracto bancario de las tres últimas nóminas de la prestación
- Contrato de alquiler o hipoteca y tres últimos recibos abonados anteriores al mes de apertura del plazo
- Justificantes de ingresos por alquiler, venta de bienes inmuebles u otros ingresos de carácter periódico del año anterior
- Certificado de discapacidad o informes médicos cuando se alegue esta circunstancia
- Orden de protección en caso de víctima de violencia de género
- Declaración responsable sobre situación socio-económica y cumplimiento de requisitos
- Para no residentes en SMRA: informe o certificado negativo de no percepción de ayudas para la misma finalidad por otras Administraciones
Cómo solicitar
- 1Recoger el modelo oficial de solicitud en el Centro de Servicios Sociales correspondiente a la localidad de residencia
- 2Cumplimentar y firmar la solicitud y reunir la documentación exigida
- 3Presentar la solicitud y la documentación en la Unidad de Trabajo Social correspondiente a la localidad de residencia, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
- 4Si la solicitud es incompleta o presenta deficiencias, subsanar o aportar la documentación requerida en el plazo de 10 días hábiles
- 5Esperar la resolución de la convocatoria; en caso contrario, la solicitud se entenderá desestimada y se procederá a su archivo
Dónde: Unidad de Trabajo Social correspondiente a la localidad de residencia, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (sede electrónica del Ayuntamiento, registros oficiales, etc.)
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