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AYUNTAMIENTO DE CALP

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS A FAMILIAS CON MENORES DE TRES AÑOS, A TRAVÉS DEL “BONO BABY” DEL AYUNTAMIENTO DE CALP, ANUALIDAD 2026

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 10.415 €
Plazo de solicitudHasta 30 sept 2026
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Descripción

Ayudas económicas de hasta 500 € por menor destinado a familias empadronadas en Calp con hijos nacidos o adoptados de entre 0 y 3 años, para sufragar gastos de puericultura (productos de higiene, ropa, farmacia, etc.) adquiridos exclusivamente en comercios locales de Calp. El crédito total disponible para la convocatoria es de 10.414,78 €.

Requisitos

  • Estar empadronado y mantener residencia efectiva en Calp con una antigüedad mínima de 2 años antes del nacimiento o adopción (al menos uno de los progenitores; o quien ostente guarda y custodia en casos de separación, divorcio o monoparentalidad)
  • Tener nacionalidad española u otra con residencia legal en España conforme a la LO 4/2000
  • El menor debe estar empadronado en el mismo domicilio y convivir con la persona beneficiaria (salvo separación, divorcio con custodia compartida o urgente necesidad social acreditada)
  • Solo puede haber una solicitud por unidad familiar; en custodia compartida uno de los progenitores debe renunciar expresamente
  • No pueden ser beneficiarios madres/padres privados total o parcialmente de la patria potestad ni cuya tutela haya sido asumida por una institución pública
  • Estar en alguna de estas situaciones a fecha de solicitud: desempleo, ERTE, ingresos familiares por debajo de 4 veces el IPREM
  • Familia numerosa de categoría general, monoparental con menor a cargo, discapacidad hasta el 33% o víctimas de violencia de género o jóvenes menores de 30 años: ingresos por debajo de 4,5 veces el IPREM
  • Personas con discapacidad superior al 33% o familia numerosa de categoría especial: ingresos por debajo de 5 veces el IPREM

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud
  • Documentación establecida en la base séptima de las Bases reguladoras del 'Bono Baby' (publicadas en BOP de Alicante nº 188, de 02/10/2025)
  • Libro de familia o registro individual electrónico
  • Sentencia o demanda de separación, divorcio, nulidad, convenio regulador u otros documentos oficiales que acrediten la guarda y custodia (en su caso)
  • Facturas justificativas de los gastos conforme al RD 1619/2012, con NIF, domicilio del expendedor y destinatario, descripción, importe e IVA aplicado

Cómo solicitar

  1. 1Esperar a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (BOP de Alicante)
  2. 2Cumplimentar el modelo normalizado de solicitud
  3. 3Reunir la documentación requerida conforme a la base séptima de las Bases reguladoras
  4. 4Presentar la solicitud junto con la documentación en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Calp, de forma telemática o en cualquiera de las formas recogidas en la LPAC, hasta el 30 de septiembre de 2026
  5. 5Esperar la instrucción y valoración por el departamento de Subvenciones y la comisión de valoración
  6. 6Consultar la resolución definitiva publicada en el Tablón de Edictos Electrónico y en el Portal de Transparencia Municipal del Ayuntamiento de Calp (plazo máximo de resolución: 6 meses desde la finalización del plazo de presentación)

Dónde: Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Calp, de forma telemática a través de la sede electrónica o en cualquiera de las formas previstas en la LPAC

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/911258Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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