PRESTACIONES DE EMERGENCIA SOCIAL Y DE INSERCION SOCIAL 2025
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Descripción
Programa integrado en los Servicios Sociales Comunitarios que establece ayudas individualizadas no periódicas destinadas a apoyar económicamente a personas, grupos o familias que, por circunstancias excepcionales, viven una situación de especial necesidad, gestionadas desde los ayuntamientos de la provincia de Almería.
Requisitos
- Ser persona física, por sí misma o a través de otra que la represente
- Encontrarse en una situación excepcional y puntual de necesidad que no pueda ser afrontada con recursos propios
- Que la concesión contribuya a evitar un deterioro grave de la situación personal o familiar
- Estar integrado como ayuntamiento en el Programa de Servicios Sociales Comunitarios de la Diputación Provincial
- No encontrarse en ninguno de los supuestos de exclusión previstos (deudas tributarias o con la Seguridad Social, deudas civiles o mercantiles, gastos de sepelios, asistencia médica o farmacéutica cubierta por el SAS o Asistencia Municipal, tratamientos terapéuticos continuados, situaciones susceptibles de internamiento, falta de recursos para establecimiento profesional por cuenta propia, desplazamientos de transeúntes, ni demandas competencia de otras Administraciones Públicas)
Documentación necesaria
- Certificación de la resolución o acuerdo que aprobó la concesión de las ayudas y de la percepción de las mismas por los beneficiarios, extendida en el modelo PAES-1
- Informe de los Servicios Sociales Comunitarios Municipales sobre todos los casos solicitados, haciendo constar las circunstancias de especial necesidad o urgencia social y la situación económica del beneficiario
- Cualquier otra documentación que el Diputado Delegado considere necesaria para la resolución del expediente
Cómo solicitar
- 1El ciudadano, persona física, presenta su solicitud ante el Ayuntamiento de la provincia integrado en el Programa de Servicios Sociales Comunitarios
- 2Los Servicios Sociales Comunitarios Municipales realizan la valoración técnica del caso
- 3El Ayuntamiento adopta el acuerdo de concesión o denegación de la ayuda
- 4Una vez concedida y percibida la ayuda por el beneficiario, el Ayuntamiento solicita a la Diputación Provincial la subvención con cargo al Programa
- 5El Ayuntamiento remite a la Diputación la documentación exigida (modelo PAES-1 e informe de los Servicios Sociales Comunitarios)
- 6Excepcionalmente, por la cuantía o escasez de recursos municipales, el Ayuntamiento puede solicitar la subvención previa a la Diputación
- 7La Comisión de Gobierno de la Diputación resuelve en cada caso sobre la cuantía de la subvención
Dónde: Ayuntamiento de la provincia de Almería integrado en el Programa de Servicios Sociales Comunitarios (para los ciudadanos); Excma. Diputación Provincial de Almería - Área de Bienestar Social (para las solicitudes municipales de subvención)
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