subvenciones destinadas al arreglo y pintura de fachadas de núcleos antiguos
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Descripción
El Ayuntamiento de la Secuita concede ayudas económicas a personas físicas o jurídicas, propietarias, arrendatarias o comunidades de propietarios, para incentivar el arreglo y la pintura de fachadas situadas en los núcleos antiguos del municipio, con cuantías de hasta 500 € en función del tipo de acabado y la superficie de fachada.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica propietaria, arrendataria (locataria) o comunidad de propietarios del inmueble
- El inmueble debe estar situado en los núcleos antiguos de las poblaciones del municipio de la Secuita
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de la Secuita, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social
- Las obras deben estar comprendidas entre el 1 de diciembre de 2025 y el último día hábil del mes de octubre de 2026
- Acreditar el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión de la subvención
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Intervención General del Ayuntamiento
Documentación necesaria
- Solicitud de la ayuda donde se especifique la demanda concreta de qué ayudas se solicitan
- Documentos acreditativos de los requisitos de elegibilidad (propiedad, arrendamiento, etc.)
- Documentación complementaria que el ayuntamiento considere oportuna para comprobar o justificar las condiciones exigidas
- Certificaciones de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (si no se autoriza la consulta)
- Declaración de IRPF del ejercicio anterior (si no se autoriza la consulta)
- Certificado de prestaciones contributivas y no contributivas de la Seguridad Social (si no se autoriza la consulta)
- Comunicación de finalización de las obras mediante instancia en el Registro General
- Justificación documental de los gastos realizados
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud de ayuda especificando la demanda concreta
- 2Reunir la documentación acreditativa de los requisitos
- 3Presentar la solicitud y la documentación en el Registro General del Ayuntamiento de la Secuita (calle San Cristóbal, 2, 43765 – la Secuita) en horario de atención al público, o bien de forma telemática a través de la sede electrónica https://lasecuita.eadministracio.cat/info.0
- 4En su caso, subsanar la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de 10 días si presenta defectos
- 5Esperar la resolución de la Alcaldía, que se emitirá en un plazo máximo de 6 meses desde la presentación de la solicitud
- 6Aceptar la subvención por escrito en el plazo de 10 días, o bien renunciar expresamente en ese mismo plazo
- 7Realizar las obras dentro del periodo subvencionable (1 de diciembre de 2025 a último día hábil de octubre de 2026)
- 8Comunicar la finalización de las obras al Ayuntamiento mediante instancia en el Registro General
- 9Solicitar la inspección por parte de los servicios técnicos municipales
- 10Recibir el pago de la subvención mediante transferencia bancaria una vez emitido el informe técnico favorable
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de la Secuita (calle San Cristóbal, 2, 43765 – la Secuita) en horario de atención al público, o sede electrónica https://lasecuita.eadministracio.cat/info.0
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