Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

BANCO DE ALIMENTOS

ImporteHasta 10.000 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2026
Estadoabierta

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Descripción

Subvención nominativa directa de 10.000 euros concedida por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar a la Fundación Banco de Alimentos de Almería para sufragar gastos de funcionamiento destinados al reparto de alimentos a los más necesitados del municipio, con un pago anticipado del 75% (7.500 €) y el 25% restante (2.500 €) tras la justificación.

Requisitos

  • Ser la Fundación Banco de Alimentos de Almería, entidad beneficiaria nominativamente prevista en el presupuesto municipal
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con las Administraciones Públicas (art. 13.2 Ley 38/2003, General de Subvenciones)
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias (AEAT y Ayuntamiento de Roquetas de Mar)
  • Estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social
  • Cumplir con las obligaciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995)
  • Suscribir el correspondiente convenio de colaboración
  • Presentar declaración responsable previa a la aprobación del convenio
  • Presentar memoria de actuación justificativa y cuenta justificativa simplificada en plazo
  • Destinar la subvención a gastos de funcionamiento para el reparto de alimentos a los más necesitados del municipio

Documentación necesaria

  • Declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para obtener la subvención
  • Certificado de la AEAT en vigor de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias (validez 6 meses)
  • Certificado del Ayuntamiento de Roquetas de Mar en vigor de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias (validez 6 meses)
  • Certificado de la Seguridad Social en vigor de estar al corriente de pago (validez 6 meses)
  • Memoria de actuación detallada de la actividad realizada con indicación de actuaciones desarrolladas y resultados obtenidos
  • Cuenta Justificativa Simplificada conforme a los modelos establecidos y al art. 15 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones
  • Facturas, recibos, tickets de caja u otros documentos acreditativos del gasto relacionados con el objeto de la subvención
  • Modelo de Comunicación de Alta/Modificación de Acreedores/Proveedores en caso de modificación de la cuenta bancaria

Cómo solicitar

  1. 1Suscripción del convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Roquetas de Mar y la Fundación Banco de Alimentos de Almería, en el que se recoge la subvención nominativa
  2. 2Acreditación, con carácter previo a la aprobación del convenio, de no estar incurso en prohibiciones mediante declaración responsable
  3. 3Aportación de certificados de estar al corriente con la AEAT, el Ayuntamiento de Roquetas de Mar y la Seguridad Social
  4. 4Recepción del pago anticipado del 75% de la subvención (7.500 €) mediante transferencia bancaria a la cuenta designada
  5. 5Ejecución de la actividad subvencionada: reparto de alimentos a los más necesitados del municipio durante el ejercicio 2026
  6. 6Presentación en el Registro General del Ayuntamiento de la Cuenta Justificativa Simplificada en el plazo de tres meses desde el pago material del anticipo
  7. 7Acompañamiento de la memoria de actuación justificativa y de las facturas, recibos o documentos acreditativos de los gastos
  8. 8Una vez justificada correctamente la subvención, abono del 25% restante (2.500 €) por el Ayuntamiento

Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, Plaza de la Constitución, nº 1, 04740 Roquetas de Mar (Almería)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/911495Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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