Acuerdo de la Junta Gº nº 89 de 29/05/26 por el que se aprueba convocatoria subv. alquiler vivienda medio rural provincia Valldolid, 37 o mas años, 2026
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a personas de 37 o más años como apoyo económico para el pago del alquiler de su vivienda en municipios de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes, cubriendo hasta 7 o 10 mensualidades consecutivas de 2026. El importe máximo es de 3.500 euros (general) o 4.000 euros en municipios de menos de 2.000 habitantes, con un presupuesto total de 100.000 euros.
Requisitos
- Haber nacido en 1989 o con anterioridad (37 o más años)
- Poseer nacionalidad española o de algún Estado miembro de la UE; los extracomunitarios deben tener residencia legal en España
- Que la renta de la persona solicitante o de la unidad de convivencia económica no supere los límites establecidos (desde 33.600 € anuales para 1 miembro hasta 51.342,98 € para 6 miembros)
- Que la persona solicitante o los miembros de su unidad de convivencia económica no sean propietarios de otra vivienda habitable en la provincia de Valladolid, con excepciones (dependientes/discapacitados, nuda propiedad, propiedad ≤25%, separaciones)
- No estar incurso en ninguna prohibición del art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones
- Ser titular de contrato escrito de arrendamiento de vivienda en calidad de arrendatario
- Que la persona arrendataria no tenga parentesco hasta tercer grado con la arrendadora ni sea socio o partícipe de la misma
- Disponer de ingresos mínimos de 6.000 € para la unidad de convivencia económica
- Estar empadronado/a en un municipio de la provincia de Valladolid con población inferior a 20.000 habitantes con anterioridad al 1 de enero de 2026
- La vivienda arrendada debe ubicarse en un municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes
- No se subvencionan alquileres superiores a 600 euros mensuales
- Quedan excluidas viviendas de protección pública de promoción pública, subarrendamientos, arrendamientos de habitaciones, de locales usados como vivienda y para usos distintos de vivienda
Documentación necesaria
- Anexo I: Solicitud conforme al modelo oficial dirigida al Presidente de la Diputación
- Anexo II: Ficha de datos cumplimentada y firmada por el beneficiario y la entidad bancaria (no se admiten certificados de titularidad)
- Fotocopia del DNI (solicitantes españoles) o de la Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE) en vigor para no comunitarios; para UE, Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión y fotocopia del pasaporte o documento de identidad en vigor
- Fotocopia del libro de familia o certificación de unión de hecho, en caso de unidad de convivencia económica
- En caso de propiedad de otra vivienda no habitada por separación/divorcio: copia de la sentencia o declaración jurada de separación de hecho
- Si no se autoriza la consulta a la AEAT y Catastro: fotocopia de la Declaración completa de IRPF 2025 o certificado de imputaciones, y certificado del Catastro
- Documentación acreditativa de las circunstancias de la base undécima (méritos sociales y económicos)
- Certificación actualizada de inexistencia de deudas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
- Autorización para que la Diputación recabe certificación de cumplimiento de obligaciones tributarias con la propia Diputación
- Fotocopia del contrato de arrendamiento de la vivienda (visado por el Servicio Territorial de Fomento si es vivienda de protección pública de promoción privada)
- Volante colectivo de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento del municipio donde se encuentra la vivienda arrendada
- Documentos bancarios consecutivos acreditativos del pago del alquiler del año 2026 (transferencia, domiciliación o ingreso en cuenta del arrendador) con identificación de pagador, receptor, importe y mes, hasta completar 3.500 € o 4.000 € y un máximo de 7 o 10 recibos, antes del 31 de diciembre de 2026
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el modelo de solicitud oficial (Anexo I)
- 2Cumplimentar y firmar la ficha de datos bancarios (Anexo II) por el beneficiario y la entidad bancaria
- 3Reunir toda la documentación requerida (DNI/TIE, libro de familia, contrato de alquiler, volante de empadronamiento, justificantes bancarios de pago, certificados de Hacienda y Seguridad Social, etc.)
- 4Presentar la solicitud y documentación a través del Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Valladolid o por cualquiera de los medios previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 (LPAC)
- 5Opcionalmente, presentar presencialmente en el Registro General de la Diputación (Avenida Ramón y Cajal, nº 5 de Valladolid), en horario de 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
- 6Solo se puede presentar una solicitud por persona y vivienda; en caso de varias solicitudes se requerirá para que se opte por una
- 7Subsanar en el plazo de 10 días hábiles si se requiere documentación complementaria
- 8Esperar la resolución de la convocatoria, que será aprobada por la Junta de Gobierno de la Diputación previo dictamen de la Comisión Informativa de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades
Dónde: Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Valladolid o Registro General (Avenida Ramón y Cajal, nº 5 de Valladolid, de 8:30 a 14:00 de lunes a viernes), o por cualquier medio previsto en el art. 16.4 de la Ley 39/2015
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