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AYUNTAMIENTO DE FUENGIROLA

Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 15/05/2026 por el que se aprueba el convenio suscrito entre la Asociación Española contra el Cáncer y el Excmo. Ayto. de Fuengirola para el proyecto “Atención psicológica a pacientes con cáncer y familiares”

ImporteHasta 6000 €
Plazo de solicitudHasta 30 nov 2026
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Descripción

Servicios Sociales y Promoción Social

Requisitos

  • Ser la Asociación Española contra el Cáncer (AECC), sede de Fuengirola, entidad beneficiaria nominativamente prevista en los Presupuestos Municipales de 2026 (Capítulo 4, Subprograma 23101, Partida 48901)
  • Realización de la actividad y cumplimiento de la finalidad que determine la concesión
  • Proporcionar el personal necesario para el normal funcionamiento de la actividad, ya sea voluntario o contratado, asumiendo en este caso las obligaciones correspondientes
  • Los gastos subvencionables deberán efectuarse entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de noviembre de 2026 (gastos de personal con cuotas de Seguridad Social, suministros, telefonía e internet, alquiler de inmuebles, material fungible y reprografía, material y servicios para el desarrollo del proyecto)
  • En caso de adquisición de bienes inventariables no inscribibles en un registro público, destinarlos al fin concreto de la subvención durante al menos dos años
  • Notificar al Ayuntamiento cualquier modificación de la actividad inicialmente propuesta, que deberá ser autorizada previamente
  • Hacer constar de forma clara que la actividad está subvencionada o patrocinada por el Excmo. Ayuntamiento de Fuengirola en programas, carteles, convocatorias y toda la información gráfica, escrita y sonora
  • Cumplir con las obligaciones requeridas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003)
  • Comunicar al Ayuntamiento la obtención de cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
  • Justificar la aplicación de los fondos en el plazo de un mes desde la finalización del convenio (antes del 30 de diciembre de 2026)
  • Reintegrar los fondos en caso de incumplimiento (artículo 37 de la Ley 38/2003)

Documentación necesaria

  • Declaración de la entidad perceptora de la subvención (según modelo Anexo III facilitado por el Ayuntamiento)
  • Relación clasificada de gastos firmada por el responsable de la entidad (según modelo Anexo IV facilitado)
  • Documentación justificativa del gasto realizado: facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa
  • En caso de adquisición de bienes inventariables no inscribibles en un registro público, documentación según modelo Anexo V facilitado
  • Memoria descriptiva del proyecto realizado, que incluya como mínimo: denominación del proyecto, plazo de ejecución, descripción de actividades desarrolladas con fecha de realización, número de beneficiarios, recursos materiales y humanos, resultados obtenidos, material de difusión con constancia de la subvención del Ayuntamiento de Fuengirola y anexo fotográfico de las actividades del proyecto
  • Certificado firmado del responsable de la entidad y partes de asistencia de los beneficiarios, en caso de no incluirse anexo fotográfico
  • Cuenta justificativa conforme al artículo 72 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones (RD 887/2006)

Cómo solicitar

  1. 1La Asociación Española contra el Cáncer (AECC) presenta solicitud al Ayuntamiento de Fuengirola para el proyecto 'Atención psicológica a pacientes con cáncer y familiares'
  2. 2La Concejala de Familias, Igualdad y Bienestar Social (Dª Cristina Bornao Cuevas) formula propuesta a la Junta de Gobierno Local
  3. 3Se emiten informes técnicos, informe de Asesoría Jurídica e informe de Intervención (nº 2026/630 de fecha 30/04/2026)
  4. 4La Junta de Gobierno Local aprueba el convenio y concede la subvención nominativa en sesión ordinaria de 15 de mayo de 2026
  5. 5Firma electrónica del convenio entre la Alcaldesa-Presidenta Dª Ana Mª Mula Redruello y D. Ramón Reyes Bori en representación de la AECC
  6. 6Abono en un único pago anticipado de 6.000 € con cargo a la partida presupuestaria 48901 del Subprograma 23101, capítulo 4 del presupuesto de 2026, condicionado al art. 21 del RD 424/2017
  7. 7Ejecución del proyecto entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de noviembre de 2026
  8. 8Presentación de la documentación justificativa ante la Concejalía de Familias, Igualdad y Bienestar Social en el plazo de un mes desde la finalización del convenio

Dónde: Concejalía de Familias, Igualdad y Bienestar Social del Ayuntamiento de Fuengirola (sede electrónica: https://sede.fuengirola.es)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912974Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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