CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJOS EN FUENTE OBEJUNA 2026
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Descripción
Ayudas económicas municipales de 5.000 € en total destinadas a promover la natalidad en Fuente Obejuna, mediante el otorgamiento de prestaciones por nacimiento o adopción de hijos/as ocurridos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, a repartir entre los beneficiarios que cumplan los requisitos.
Requisitos
- Ser progenitor o adoptante titular del Libro de Familia en el que figure registrado el nacimiento o adopción
- Si figura un solo progenitor, éste será el único beneficiario; en caso de nulidad, separación, divorcio o monoparentalidad, será beneficiario el progenitor que convive con el hijo
- Al menos uno de los progenitores o adoptantes deberá estar empadronado y residir en Fuente Obejuna con anterioridad a la fecha de publicación de las bases en el BOP de Córdoba
- Los extranjeros residentes deberán cumplir las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No ser progenitor privado total o parcialmente de la patria potestad, ni tener la tutela asumida por una Institución Pública
Documentación necesaria
- DNI de los progenitores, o NIE en caso de extranjeros residentes, o certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros
- Certificado de empadronamiento o autorización para la consulta de datos del padrón municipal
- Fotocopia del Libro de Familia, incluyendo la hoja del nacido/a
- En supuestos de nulidad, separación o divorcio: convenio regulador o sentencia judicial
- En familias monoparentales con dos progenitores en el Libro de Familia: documentación acreditativa de que el menor está a cargo exclusivamente del solicitante
- En caso de adopción internacional: resolución judicial o administrativa acreditativa de la adopción
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria para el ingreso de la ayuda
- Declaración responsable de no estar incurso en los supuestos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- Certificado de estar al corriente en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o autorización al Ayuntamiento para su petición
- Traducción oficial de toda la documentación expedida en idioma extranjero
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el modelo de solicitud (Anexo I) disponible en la página web del Ayuntamiento
- 2Adjuntar la documentación exigida en la base octava
- 3Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 4Si la solicitud estuviese incompleta o faltase documentación, se requerirá al interesado para que en 10 días subsane; en caso contrario, se le tendrá por desistido
- 5El plazo de presentación es de 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOP de Córdoba
- 6El órgano instructor evaluará las solicitudes y formulará propuesta de resolución provisional
- 7La Comisión de Valoración emitirá informe con el resultado de la evaluación
- 8El órgano competente dictará resolución definitiva en un plazo máximo de 3 meses (silencio administrativo negativo)
- 9Notificación mediante tablón de edictos del Ayuntamiento
- 10El pago se realiza en una sola vez mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Fuente Obejuna (Pza. Lope de Vega, s/n – Fuente Obejuna, Córdoba) o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Modelo disponible en www.fuenteobejuna.es
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.