Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 15/05/2026 por el que se aprueba el convenio suscrito entre la Asociación FAMIL.Y PERS.ENF.MENTALES COSTA SOL y el Excmo. Ayuntamiento de Fuengirola para el proyecto “Trabajo en Red Comunitaria”.
ImporteHasta 6000 €
Plazo de solicitudHasta 30 nov 2026
Estadoabierta
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Descripción
Servicios Sociales y Promoción Social
Requisitos
- Ser la entidad beneficiaria nominativamente prevista en los Presupuestos Municipales de 2026: Asociación familiares y personas con enfermedad mental de la Costa del Sol Afesol-Feafes Andalucía Salud Mental (AFESOL), CIF G92106087
- Realización de la actividad y cumplimiento de la finalidad que determine la concesión
- Proporcionar el personal necesario para el normal funcionamiento de la actividad (voluntario o contratado)
- Cumplir con las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Notificar al Ayuntamiento cualquier modificación de la actividad inicialmente propuesta, que deberá ser autorizada previamente
- Hacer constar de forma clara que la actividad está subvencionada o patrocinada por el Excmo. Ayuntamiento de Fuengirola
- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad
- Reintegrar los fondos en caso de incumplimiento (art. 37 Ley 38/2003)
- En caso de adquisición de bienes inventariables no inscribibles en registro público, destinarlos al fin concedido durante al menos dos años
Documentación necesaria
- Declaración de la entidad perceptora de la subvención (modelo Anexo III)
- Relación clasificada de gastos firmada por el responsable de la entidad (modelo Anexo IV)
- Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa que justifiquen el gasto realizado
- Documentación de adquisición de bienes inventariables no inscribibles en registro público (modelo Anexo V), si procede
- Memoria descriptiva del proyecto realizado con: denominación, plazo de ejecución, descripción de actividades, fechas de realización, número de beneficiarios, recursos materiales y humanos, resultados obtenidos y material de difusión
- Anexo fotográfico de las actividades del proyecto o, en su defecto, certificado firmado por el responsable de la entidad junto con partes de asistencia de los beneficiarios
- Cuenta justificativa conforme al artículo 72 del RLGS
Cómo solicitar
- 1La entidad beneficiaria (AFESOL) solicita la subvención nominativa al Ayuntamiento de Fuengirola
- 2La Concejala de Familias, Igualdad y Bienestar Social eleva propuesta de aprobación a la Junta de Gobierno Local
- 3Emisión de informes técnicos y de Asesoría Jurídica
- 4Emisión de informe de intervención (nº 2026/626 de fecha 30/04/2026)
- 5Aprobación por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de 15 de mayo de 2026
- 6Aprobación del convenio entre el Ayuntamiento de Fuengirola y la Asociación AFESOL
- 7Concesión de la subvención nominativa por importe de 6.000 € y reconocimiento de la obligación
- 8Abono en un único pago anticipado tras la firma del convenio, condicionado al art. 21 y ss del RD 424/2017
- 9Ejecución del proyecto desde la firma del convenio hasta el 30 de noviembre de 2026
- 10Presentación de la documentación justificativa en el plazo de un mes desde la finalización del convenio ante la Concejalía de Familias, Igualdad y Bienestar Social
Dónde: Concejalía de Familias, Igualdad y Bienestar Social del Ayuntamiento de Fuengirola (sede electrónica: https://sede.fuengirola.es)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912980Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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