Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA

Convocatoria para la concesión de las ayudas otorgadas por el Ayuntamiento de Morata de Tajuña a la Reina y las Damas de Honor de las fiestas patronales del municipio (año 2026)

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 4500 €
Plazo de solicitudHasta 31 jul 2026
Estadoprevista

Análisis con IA para tu perfil

Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.

o hazte Premium · 1,50€/mes

Descripción

Ayuda económica destinada a financiar los gastos de representación de las personas seleccionadas como Reina y Damas de Honor de las fiestas patronales del municipio. El crédito total es de 4.500 euros, que se reparte a partes iguales entre las representantes seleccionadas, siendo beneficiarias las propias seleccionadas o, en caso de menores, sus progenitores/tutores.

Requisitos

  • Haber sido seleccionada como Reina o Dama de Honor de las fiestas patronales de Morata de Tajuña según el sistema de elección tradicional del municipio
  • En caso de menores de edad, la solicitud deberá ser presentada por uno de los progenitores o tutores legales
  • No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • Solicitar la subvención en el plazo de 1 mes desde la elección

Documentación necesaria

  • Solicitud formalizada según el modelo ANEXO I
  • DNI/NIE del solicitante

Cómo solicitar

  1. 1Ser seleccionada como Reina o Dama de Honor de las fiestas patronales mediante el sistema tradicional del municipio
  2. 2Cumplimentar y firmar la solicitud conforme al modelo ANEXO I (firmada por uno de los progenitores o tutores legales si la candidata es menor de edad)
  3. 3Adjuntar el DNI/NIE del solicitante
  4. 4Presentar la solicitud en el plazo de 1 mes desde la elección y, en todo caso, antes del 31 de julio de 2026
  5. 5Presentar la solicitud en el Ayuntamiento de Morata de Tajuña por registro presencial o a través de la sede electrónica, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992
  6. 6Esperar la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se notificará mediante publicación en la web del Ayuntamiento

Dónde: Ayuntamiento de Morata de Tajuña (registro presencial o sede electrónica: https://sede.ayuntamientodemoratadetajuna.org)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912408Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoria

Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.