Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de 18 de mayo de 2026, relativo a la aprobación del convenio con la Asociación de Empresas de Artesanía de Menorca (ARTEME) para el año 2026
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Descripción
Otras actuaciones de carácter económico
Requisitos
- Ser la Asociación de Empresas de Artesanía de Menorca (ARTEME), beneficiaria de ayuda nominativa
- No estar incursa en ninguna de las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
- No estar incursa en ninguna de las circunstancias del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, la Seguridad Social y el propio CIM
- Llevar a cabo actuaciones de promoción, comercialización y formación de sus asociados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
- En caso de gastos superiores a los importes de contratación menor, solicitar un mínimo de tres ofertas de proveedores diferentes
- Hacer constar de manera explícita el apoyo del CIM en los materiales informativos y de difusión
Documentación necesaria
- Declaración responsable (anexo I) con indicación detallada de las ayudas solicitadas o concedidas por otras entidades o administraciones
- Declaración responsable (anexo II) de no estar sometida a las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario
- Autorización al CIM para comprobar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones del convenio
- Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor, documento, importe, fecha de emisión y fecha de pago
- Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
- Tres presupuestos de diferentes proveedores, si procede, según el artículo 31.3 de la Ley general de subvenciones
- Elementos de difusión y publicidad
- Cuenta justificativa simplificada según modelo normalizado (anexo I)
- Documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos
Cómo solicitar
- 1El expediente se inicia a instancia de ARTEME, que presenta documentación con la solicitud del convenio y el detalle de las acciones a realizar (solicitud presentada el 14 de abril de 2026)
- 2Aprobación del convenio por el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca en sesión ordinaria de 18 de mayo de 2026
- 3Nombramiento del técnico instructor del expediente (Biel Mercadal Torres)
- 4Publicación del convenio en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
- 5Firma del convenio entre ambas partes
- 6Tramitación de oficio de un pago anticipado de 3.000 €
- 7Ejecución de las actividades subvencionadas entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
- 8Presentación de la justificación de la subvención en el plazo máximo hasta el 30 de noviembre de 2026
- 9Revisión de la documentación justificativa por parte del CIM y, en su caso, requerimiento de subsanación en 10 días hábiles
- 10Abono del importe restante de la ayuda una vez justificada y verificada la disponibilidad de tesorería
Dónde: Registro del Consejo Insular de Menorca (sede del organismo concedente)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913825Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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