Ayudalíza
CONSELL INSULAR DE MENORCA

Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de 18 de mayo de 2026, relativo a la aprobación del convenio con la Asociación de Empresas de Artesanía de Menorca (ARTEME) para el año 2026

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Otras actuaciones de carácter económico

Requisitos

  • Ser la Asociación de Empresas de Artesanía de Menorca (ARTEME), beneficiaria de ayuda nominativa
  • No estar incursa en ninguna de las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
  • No estar incursa en ninguna de las circunstancias del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, la Seguridad Social y el propio CIM
  • Llevar a cabo actuaciones de promoción, comercialización y formación de sus asociados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
  • En caso de gastos superiores a los importes de contratación menor, solicitar un mínimo de tres ofertas de proveedores diferentes
  • Hacer constar de manera explícita el apoyo del CIM en los materiales informativos y de difusión

Documentación necesaria

  • Declaración responsable (anexo I) con indicación detallada de las ayudas solicitadas o concedidas por otras entidades o administraciones
  • Declaración responsable (anexo II) de no estar sometida a las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario
  • Autorización al CIM para comprobar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones del convenio
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor, documento, importe, fecha de emisión y fecha de pago
  • Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
  • Tres presupuestos de diferentes proveedores, si procede, según el artículo 31.3 de la Ley general de subvenciones
  • Elementos de difusión y publicidad
  • Cuenta justificativa simplificada según modelo normalizado (anexo I)
  • Documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos

Cómo solicitar

  1. 1El expediente se inicia a instancia de ARTEME, que presenta documentación con la solicitud del convenio y el detalle de las acciones a realizar (solicitud presentada el 14 de abril de 2026)
  2. 2Aprobación del convenio por el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca en sesión ordinaria de 18 de mayo de 2026
  3. 3Nombramiento del técnico instructor del expediente (Biel Mercadal Torres)
  4. 4Publicación del convenio en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
  5. 5Firma del convenio entre ambas partes
  6. 6Tramitación de oficio de un pago anticipado de 3.000 €
  7. 7Ejecución de las actividades subvencionadas entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
  8. 8Presentación de la justificación de la subvención en el plazo máximo hasta el 30 de noviembre de 2026
  9. 9Revisión de la documentación justificativa por parte del CIM y, en su caso, requerimiento de subsanación en 10 días hábiles
  10. 10Abono del importe restante de la ayuda una vez justificada y verificada la disponibilidad de tesorería

Dónde: Registro del Consejo Insular de Menorca (sede del organismo concedente)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913825Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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