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INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARROLLO ECONOMICO

CONVOCATORIA INSTRUMENTAL RESOLUCION DECRETO PRESIDENCIA Nº386 DE 17/06/26 DE IPRODECO A CCA DE LUCENA PARA GASTOS CORRIENTES III ENCUENTRO EMPRESARIAL CIUDAD DE LUCENA

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Descripción

Otras actuaciones de carácter económico

Requisitos

  • Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario
  • No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario conforme al artículo 13.7 de la Ley 38/2003
  • Justificación conforme al título preliminar, capítulo III, sección 3ª del Reglamento de Desarrollo de la LGS, aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio
  • Cumplir el Anexo de Requisitos Básicos de fiscalización e intervención limitada previa (3.2 Subvenciones excepcionales)
  • Superar favorablemente la fiscalización previa de la Intervención del Instituto

Documentación necesaria

  • Memoria Justificativa
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento (factura nº, concepto, importe, fecha de emisión y fecha de pago)
  • Acreditación de las medidas de difusión adoptadas para dar publicidad al carácter público de la financiación, con inclusión del logotipo del Instituto y de la Diputación de Córdoba
  • Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación de importe y procedencia
  • Carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados (en su caso)
  • Declaración responsable sobre la naturaleza del IVA justificado (en caso de no adjuntarse se entenderá que la entidad puede recuperar o compensar el IVA)

Cómo solicitar

  1. 1Presentación de la solicitud de subvención excepcional por la entidad interesada (Asociación CCA de Lucena) en el Registro Telemático del Instituto Provincial de Desarrollo Económico
  2. 2Emisión de informe por el órgano instructor en el que se hace constar que el interesado cumple los requisitos y condiciones de la Ley 38/2003
  3. 3Emisión del informe jurídico correspondiente
  4. 4Fiscalización previa favorable de la Intervención del Instituto
  5. 5Resolución de concesión por la Presidencia del Instituto mediante Decreto (al amparo de los artículos 22 y 28 de la LGS y artículo 67 del RD 887/2006)
  6. 6Notificación de la resolución al beneficiario, que dispone de quince días hábiles para su aceptación expresa; transcurrido dicho plazo sin manifestación en contra se entenderá tácitamente aceptada
  7. 7Abono en un solo pago mediante modalidad de 'pago prepagable' tras la firma del Decreto de Resolución
  8. 8Comunicación de la concesión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y publicación en el Portal de la Transparencia del Instituto
  9. 9Justificación de la subvención mediante Cuenta Justificativa en el plazo máximo de los tres meses siguientes a la fecha de finalización del proyecto subvencionado

Dónde: Sede electrónica del Instituto Provincial de Desarrollo Económico (IPRODECO): https://www.iprodeco.es/sede

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913828Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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