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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

Subvención nominativa para el proyecto: Atención urgente a necesidades básicas y prevención exclusión residencial. Cruz Roja Española. Ejercicio 2026

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Descripción

Servicios Sociales y Promoción Social

Requisitos

  • Ser la entidad beneficiaria nominativa: Cruz Roja Española con CIF Q2866001G
  • Que la suma de todas las ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad no supere el coste de la actividad subvencionada
  • Destinar la subvención al proyecto 'ATENCIÓN URGENTE A NECESIDADES BÁSICAS Y PREVENCIÓN EXCLUSIÓN RESIDENCIAL'
  • Dar publicidad de la subvención en los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno

Documentación necesaria

  • Memoria justificativa de la realización de las actividades del programa de actuación del año de la resolución de concesión, con indicación de beneficiarios atendidos, circunstancias de cada caso y resultados obtenidos
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad realizados en el ejercicio 2026 con identificación del acreedor, documento, importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago
  • Indicación de las desviaciones acaecidas en caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado
  • Justificantes de gasto: copias auténticas de los gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Acreditación del pago mediante transferencia bancaria, o en gastos inferiores a 500 euros, mediante expresión 'pagado' en la factura e identificación completa de quien recibe el pago
  • Certificado de gastos
  • Certificado del resto de fuentes de financiación del programa, indicando cuantías y coste total del programa
  • Certificado de consecución de objetivos
  • Carta de pago de reintegro en caso de remanentes no aplicados e intereses derivados

Cómo solicitar

  1. 1Al ser una subvención nominativa, la concesión se realiza directamente mediante resolución de la Concejalía de Familia y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Guadalajara
  2. 2Justificar la aplicación de los fondos recibidos en el plazo de tres meses desde la finalización del ejercicio económico 2026
  3. 3Presentar la cuenta justificativa con la documentación requerida en los puntos tercero y cuarto de la resolución
  4. 4En caso de no presentar la justificación o subsanar defectos, proceder al reintegro de los fondos percibidos conforme al artículo 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones

Dónde: Ayuntamiento de Guadalajara - Concejalía de Familia y Servicios Sociales

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913884Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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