Ayudalíza
ÀREA METROPOLITANA DE BARCELONA

Subvención a favor de la Fundación Instituto Barcelona de Estudios Internacionales (IBEI) para el proyecto “Intercambio de conocimiento y capacitación técnica sobre gobernanza metropolitana internacional y políticas públicas (Exp. 2025/900358)

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica que, de acuerdo con las bases reguladoras, realice las actividades que fundamentaron su otorgamiento o se encuentre en la situación que fundamenta su concesión
  • En caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o unidades económicas sin personalidad jurídica, deben nombrar un representante o apoderado único con poderes suficientes para cumplir las obligaciones como beneficiario
  • La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en la Ley General de Subvenciones
  • Las subvenciones deben destinarse al cumplimiento de una finalidad de interés general, utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública metropolitana
  • Quedan prohibidas las subvenciones a criterios de mera liberalidad

Documentación necesaria

  • Documentos que deben acompañar la solicitud, según se determine en cada convocatoria específica y sus bases reguladoras
  • Formulario de declaración de retribuciones para personas jurídicas en los términos previstos en la normativa de transparencia
  • Declaración responsable del solicitante (puede sustituir a determinados documentos si así se prevé en las bases reguladoras)
  • Compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación e importe de la subvención aplicable a cada uno (en caso de agrupaciones)
  • Libros y registros contables específicos para garantizar la adecuada justificación de la subvención
  • Garantías que tengan que aportar los beneficiarios en los casos de entrega de anticipos

Cómo solicitar

  1. 1Aprobación de las bases reguladoras por el Consejo Metropolitano, con informe previo preceptivo de la Secretaría General y la Intervención de Fondos
  2. 2Aprobación de la convocatoria por la Presidencia del AMB u órgano en quien delegue, incluyendo la aprobación y disposición de los fondos necesarios
  3. 3Publicación de las bases reguladoras y de la convocatoria conforme al artículo 17 de la Ordenanza, con extracto publicado por conducto de la BDNS en el BOPB
  4. 4Presentación de solicitudes por los interesados dentro del plazo establecido en la convocatoria
  5. 5Creación de un órgano colegiado integrado por un número impar de técnicos del AMB para examinar y valorar las solicitudes
  6. 6Examen conjunto de todas las solicitudes presentadas en plazo y resolución en un único acto administrativo (o en varios, si procede por las características de la concesión)
  7. 7Notificación o publicación de la resolución, con indicación de los recursos que caben contra ella
  8. 8Justificación por el beneficiario del cumplimiento de la finalidad y de la aplicación de los fondos percibidos, en el plazo y forma establecidos
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913890Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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