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CONSELLERÍA DEL MAR

CONVENIO ENTRE A XUNTA DE GALICIA, A TRAVES DE LA CONSELLERÍA DEL MAR, Y LA FEDERACIÓN GALLEGA POR La CULTURA MARÍTIMA Y FLUVIAL

ImporteHasta 30.000 €
Plazo de solicitudHasta 30 nov 2026
Estadoabierta

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Descripción

Comercio, Turismo y Pymes

Requisitos

  • Ser la Federación Gallega por la Cultura Marítima y Fluvial (FGCMF), beneficiaria nominativa prevista en la Ley 4/2025, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026
  • Dedicar íntegramente el importe de la subvención a la realización de las actividades señaladas en la cláusula primera (dinamización de embarcaciones tradicionales)
  • Realizar el seguimiento de las acciones descritas
  • Poner en conocimiento de la Consellería cualquier incidencia que afecte a la realización o desarrollo de las actuaciones
  • Cumplir lo dispuesto en el artículo 27 de la LSG sobre subcontratación de las actividades subvencionadas
  • Cumplir lo dispuesto en el artículo 29.3 de la LSG, solicitando tres ofertas como mínimo con carácter previo a la contratación de compromisos con proveedores
  • Prestar colaboración y facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consello de Contas
  • Manifestar consentimiento para que los datos obrantes en poder de las administraciones públicas sean consultados directamente por la administración
  • Suministrar toda la información necesaria conforme a la Ley 1/2016 de transparencia y buen gobierno y la Ley 19/2013
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma
  • Los gastos subvencionables deberán ser realizados y pagados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Cuenta justificativa del gasto realizado, conforme al artículo 48 del Reglamento de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia (RSG)
  • Justificación documental de los gastos realizados y pagados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
  • Certificado acreditativo de la verificación realizada por el órgano concedente
  • Documentación acreditativa de la publicidad del carácter público de la financiación

Cómo solicitar

  1. 1Al ser una subvención de concesión directa prevista nominativamente en la Ley de Presupuestos, no hay convocatoria pública de solicitudes
  2. 2La Consellería del Mar inicia la tramitación del convenio (artículo 37.2 del RSG), con fecha 13 de mayo de 2026
  3. 3La Consellería del Mar aprueba la autorización del gasto a favor de la FGCMF, con fecha 16 de junio de 2026
  4. 4Se formaliza el convenio entre las partes y entra en vigor al día siguiente de su firma
  5. 5La FGCMF ejecuta las actividades subvencionadas hasta el 30 de noviembre de 2026
  6. 6La FGCMF presenta la cuenta justificativa del gasto realizado con fecha límite del 10 de diciembre de 2026
  7. 7El órgano concedente realiza las comprobaciones pertinentes y emite certificado acreditativo de la verificación
  8. 8Se procede al pago de la subvención previa justificación, con posibilidad de pagos a cuenta fraccionados según el ritmo de ejecución (artículos 65.4 f) y 67 del RSG)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913892Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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