CONVENIO ENTRE A XUNTA DE GALICIA, A TRAVES DE LA CONSELLERÍA DEL MAR, Y LA FEDERACIÓN GALLEGA POR La CULTURA MARÍTIMA Y FLUVIAL
ImporteHasta 30.000 €
Plazo de solicitudHasta 30 nov 2026
Estadoabierta
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Descripción
Comercio, Turismo y Pymes
Requisitos
- Ser la Federación Gallega por la Cultura Marítima y Fluvial (FGCMF), beneficiaria nominativa prevista en la Ley 4/2025, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026
- Dedicar íntegramente el importe de la subvención a la realización de las actividades señaladas en la cláusula primera (dinamización de embarcaciones tradicionales)
- Realizar el seguimiento de las acciones descritas
- Poner en conocimiento de la Consellería cualquier incidencia que afecte a la realización o desarrollo de las actuaciones
- Cumplir lo dispuesto en el artículo 27 de la LSG sobre subcontratación de las actividades subvencionadas
- Cumplir lo dispuesto en el artículo 29.3 de la LSG, solicitando tres ofertas como mínimo con carácter previo a la contratación de compromisos con proveedores
- Prestar colaboración y facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consello de Contas
- Manifestar consentimiento para que los datos obrantes en poder de las administraciones públicas sean consultados directamente por la administración
- Suministrar toda la información necesaria conforme a la Ley 1/2016 de transparencia y buen gobierno y la Ley 19/2013
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma
- Los gastos subvencionables deberán ser realizados y pagados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
Documentación necesaria
- Cuenta justificativa del gasto realizado, conforme al artículo 48 del Reglamento de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia (RSG)
- Justificación documental de los gastos realizados y pagados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
- Certificado acreditativo de la verificación realizada por el órgano concedente
- Documentación acreditativa de la publicidad del carácter público de la financiación
Cómo solicitar
- 1Al ser una subvención de concesión directa prevista nominativamente en la Ley de Presupuestos, no hay convocatoria pública de solicitudes
- 2La Consellería del Mar inicia la tramitación del convenio (artículo 37.2 del RSG), con fecha 13 de mayo de 2026
- 3La Consellería del Mar aprueba la autorización del gasto a favor de la FGCMF, con fecha 16 de junio de 2026
- 4Se formaliza el convenio entre las partes y entra en vigor al día siguiente de su firma
- 5La FGCMF ejecuta las actividades subvencionadas hasta el 30 de noviembre de 2026
- 6La FGCMF presenta la cuenta justificativa del gasto realizado con fecha límite del 10 de diciembre de 2026
- 7El órgano concedente realiza las comprobaciones pertinentes y emite certificado acreditativo de la verificación
- 8Se procede al pago de la subvención previa justificación, con posibilidad de pagos a cuenta fraccionados según el ritmo de ejecución (artículos 65.4 f) y 67 del RSG)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913892Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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