Subvención a favor de MRKI para la ejecución del proyecto “Respuesta de emergencia para atender las necesidades de las personas desplazadas en el conflicto armado de 2024” (Exp. 2025/900816)
Próximamente · pendiente de publicación oficial
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Descripción
Cooperación internacional para el desarrollo y cultural
Requisitos
- Ser persona física o jurídica que realice las actividades que fundamentan el otorgamiento o se encuentre en la situación que motiva la concesión
- Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, estas no podrán disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en la Ley General de Subvenciones
- Las agrupaciones deben nombrar un representante o apoderado único con poderes para cumplir las obligaciones como beneficiario
- La actividad, proyecto o conducta financiada debe tener por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública
- No percibir otras subvenciones que, junto con la del AMB, rebasen el coste total de la obra o actividad subvencionada
- Cumplir las obligaciones materiales y formales que se deriven de la subvención
Documentación necesaria
- Modelos de documentos adaptados a la convocatoria correspondiente
- Formulario de declaración de retribuciones para personas jurídicas en los términos previstos en la normativa de transparencia
- Documentos que acrediten los requisitos para solicitar la subvención
- Declaración responsable del solicitante (posible sustitución de determinados documentos)
- Libros y registros contables específicos para garantizar la adecuada justificación
- Garantías de los beneficiarios en los casos de entrega de anticipos, con indicación de los medios de constitución y procedimientos de cancelación
Cómo solicitar
- 1Aprobación de las bases reguladoras por el Consejo Metropolitano, previo informe de la Secretaría General y la Intervención de Fondos
- 2Aprobación de la convocatoria por la Presidencia del AMB u órgano en quien delegue
- 3Publicación de la convocatoria y de las bases reguladoras conforme al artículo 17 de la Ordenanza y a la Ley 38/2003 General de Subvenciones
- 4Publicación del extracto de la convocatoria por conducto de la BDNS en el BOPB
- 5Presentación de solicitudes dentro del plazo establecido en la convocatoria, por las personas físicas o jurídicas que reúnan los requisitos
- 6Examen y valoración de las solicitudes por un órgano colegiado integrado por un número impar de técnicos del AMB
- 7Resolución del procedimiento en un único acto administrativo a favor de las solicitudes que obtengan mayor puntuación según los criterios de valoración
- 8Notificación de la resolución en un plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes
- 9Justificación por los beneficiarios del cumplimiento de la finalidad y de la aplicación de los fondos percibidos en el plazo y forma establecidos
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913898Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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