Ayudalíza
ÀREA METROPOLITANA DE BARCELONA

Subvención a favor de la Fundación Internacional Olof Palme por el establecimiento de un marco de colaboración para el desarrollo del proyecto “Democracia y Derechos humanos” (Exp. 2025/900287)

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Investigación, desarrollo e innovación

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica que realice las actividades que fundamentan el otorgamiento o se encuentre en la situación que motiva la concesión
  • Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes u otras unidades económicas sin personalidad jurídica podrán ser beneficiarias cuando así se prevea en las bases reguladoras, debiendo nombrar un representante o apoderado único y asumir compromisos de ejecución individualizados
  • No disolver la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en la LGS
  • El importe de la subvención del AMB no excederá normalmente el 50% del coste de la actividad o proyecto; en caso contrario, deberá justificarse expresamente en el expediente
  • El importe de la subvención del AMB junto con otras subvenciones con la misma finalidad no podrá rebasar el coste total de la obra o actividad subvencionada
  • No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine en la convocatoria
  • Quedan prohibidas las subvenciones otorgadas por mera liberalidad (consideradas nulas)
  • La actividad subvencionada debe ser de utilidad pública, interés social o de promoción de una finalidad pública atribuida a la competencia del AMB

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud según modelos de la convocatoria
  • Documentos acreditativos de los requisitos para la solicitud
  • Formulario de declaración de retribuciones para personas jurídicas (en los términos previstos en la normativa de transparencia)
  • Declaración responsable del solicitante (pudiendo sustituir la presentación de determinados documentos, cuando así se prevea en las bases)
  • Documentación justificativa del cumplimiento de la finalidad y aplicación de los fondos percibidos
  • Libros y registros contables específicos para garantizar la adecuada justificación (cuando se determinen en las bases)
  • Garantías en los casos de entrega de anticipos, si procede

Cómo solicitar

  1. 11. Aprobación de las bases reguladoras por el Consejo Metropolitano, previo informe preceptivo de la Secretaría General y la Intervención de Fondos
  2. 22. Aprobación y publicación de la convocatoria por la Presidencia del AMB u órgano en quien delegue
  3. 33. Publicación del extracto de la convocatoria por conducto de la BDNS en el BOPB
  4. 44. Presentación de las solicitudes por los interesados dentro del plazo establecido en la convocatoria
  5. 55. Examen y valoración conjunta de todas las solicitudes por un órgano colegiado (número impar de miembros, técnicos del AMB, presidido por la Presidencia del AMB o la Vicepresidencia del área funcional competente)
  6. 66. Formulación de la propuesta de resolución por la Presidencia del órgano colegiado
  7. 77. Resolución del procedimiento por el órgano competente en un plazo no superior a tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes
  8. 88. Notificación o publicación de la resolución, con indicación de los recursos que caben contra la misma
  9. 99. Justificación por el beneficiario del cumplimiento de la finalidad y de la aplicación de los fondos percibidos en el plazo y forma establecidos
  10. 1010. Pago de la subvención, con posibilidad de pagos por adelantado o abonos a cuenta (los anticipos con carácter general no podrán superar el 10% del importe de la subvención, salvo los casos previstos en el artículo 88 del Reglamento de la LGS)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913966Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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