Ayudalíza
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en concepto de subvención, dirigidas a centros privados concertados para el desarrollo de actuaciones orientadas al alumnado de compens

Próximamente · pendiente de publicación oficial

Importe500.00–600.000 €
Plazo de solicitudHasta 9 jul 2026
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Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para centros privados concertados de la Comunitat Valenciana destinadas a financiar actuaciones del Plan de Actuación para la Mejora (PAM) orientadas al alumnado de compensación educativa, la reducción del abandono escolar y otros programas inclusivos durante el curso 2026-2027. El importe global máximo de la convocatoria es de 600.000 euros.

Requisitos

  • Ser centro privado concertado de la Comunitat Valenciana que imparta Educación Infantil (segundo ciclo), Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Educación Especial
  • Informar al consejo escolar y al claustro de la participación en esta convocatoria, acreditado mediante certificación de la representación legal del centro
  • No concurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Obtener una dotación económica superior a 500,00 euros tras la aplicación de los criterios de valoración
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias (AEAT, Agencia Tributaria Valenciana) y con la Seguridad Social

Documentación necesaria

  • Solicitud con la cuantía solicitada con cargo a esta convocatoria
  • Certificación de la representación legal del centro sobre la información al consejo escolar y al claustro
  • Declaración responsable de compromiso de cumplimiento de las obligaciones derivadas de la recepción de la subvención
  • Declaración responsable de la titularidad del centro de no incurrir en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario (art. 13 Ley 38/2003)
  • Certificaciones de estar al corriente con la AEAT, Agencia Tributaria Valenciana y Tesorería General de la Seguridad Social (si no se autoriza al órgano gestor a obtenerlas)

Cómo solicitar

  1. 1La persona que ostente la representación legal del centro presenta la solicitud a través de la Oficina Virtual de Educación (OVICE)
  2. 2Cumplimentar la solicitud con los datos y declaraciones requeridos: cuantía solicitada, certificaciones y declaraciones responsables
  3. 3Publicar la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV)
  4. 4Presentar la solicitud en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el DOGV
  5. 5En caso de que la solicitud no reúna los requisitos, se otorgará un plazo de 10 días hábiles para subsanar la falta o aportar documentos preceptivos
  6. 6La comisión asesora y evaluadora emite informe de evaluación
  7. 7El órgano instructor formula propuesta de concesión
  8. 8La dirección general competente resuelve la convocatoria en un plazo máximo de tres meses
  9. 9Publicación de la resolución en la web de la Conselleria y en el DOGV
  10. 10Pago del 100% de la subvención por transferencia bancaria una vez publicada la resolución de concesión

Dónde: Oficina Virtual de Educación (OVICE) de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913978Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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