SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2026 CLUSTER TRANSFORMACIÓN DIGITAL
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Descripción
Investigación, desarrollo e innovación
Requisitos
- Ser el Clúster de Transformación Digital de la Comunidad de Madrid, beneficiario nominativo designado en la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Cumplir las obligaciones generales del artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid
- Hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que estén debidamente garantizadas
- No tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas
- Realizar las actividades que fundamentan la concesión de la subvención
- Justificar ante la Consejería de Digitalización el cumplimiento de los requisitos, condiciones, actividades y finalidad de la subvención
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control de la Consejería de Digitalización, Intervención General, Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes
- Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas
- Dar adecuada publicidad de la financiación por parte de la Comunidad de Madrid
Documentación necesaria
- Memoria explicativa de las actividades realizadas por el Clúster de Transformación Digital y de los resultados obtenidos
- Memoria justificativa de la subvención con indicación de las ayudas, subvenciones o aportaciones para la misma finalidad recibidas de entidades públicas o privadas, indicando su importe y procedencia, y declaración de que la suma de todas ellas no supera el coste de la actividad
- Facturas o cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, emitidos a nombre del Clúster de Transformación Digital, que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención
- Justificantes de los gastos subvencionables correspondientes al período subvencionable (1 de enero a 31 de diciembre de 2026)
- En caso de oposición expresa a la consulta de oficio: copia de certificaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Seguridad Social (consentimiento expreso obligatorio para datos tributarios conforme al artículo 95.1.k de la Ley 58/2003, General Tributaria)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913987Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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