CONVOCATÒRIA PER A LA CONCESSIÓ DE SUBVENCIONS EN ESPÈCIE PER AL FOMENT DE LA REALITZACIÓ DE LA INSPECCIÓ TÈCNICA DE L`EDIFICI (ITE)
Próximamente · pendiente de publicación oficial
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Descripción
Subvenciones en especie para fomentar la realización de la Inspección Técnica del Edificio (ITE) en edificios de viviendas del término municipal de Mollet del Vallès durante el ejercicio 2026. El beneficio consiste en que el Ayuntamiento contrata y asume el coste efectivo del servicio de redacción del Informe de Inspección Técnica del Edificio (IITE) y de la tramitación del certificado de aptitud, dirigido a comunidades de propietarios, copropietarios o propietarios únicos de edificios de viviendas.
Requisitos
- Ser comunidad de propietarios, copropietarios de edificio de viviendas o persona física propietaria única de edificio de viviendas
- Que el edificio de viviendas esté ubicado en el término municipal de Mollet del Vallès
- Promover las actuaciones objeto de subvención
- Reunir las características y requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Específicas Reguladoras
- No ser sociedad mercantil ni persona jurídica con ánimo de lucro
- No ser entidad cuya finalidad sea la distribución de beneficios entre socios o partícipes
- Acreditar los requisitos en el momento de presentar la solicitud mediante la documentación del artículo 14 de las Bases Específicas Reguladoras
Documentación necesaria
- Documentos acreditativos de los requisitos establecidos en el artículo 14 de las Bases Específicas Reguladoras
- Documentación de identificación del solicitante (comunidad de propietarios, copropietarios o propietario único)
- Acreditación de la condición de propietario o comunidad de propietarios del edificio
- Referencia catastral del edificio de viviendas
Cómo solicitar
- 1Publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)
- 2Las solicitudes se deben presentar dentro del plazo de 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOPB
- 3Formalizar la solicitud de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de las Bases Específicas Reguladoras
- 4Aportar la documentación acreditativa indicada en el artículo 14 de las Bases Específicas Reguladoras
- 5El órgano instructor (Jefe/a del Servicio de Transición Energética y Ciclo del Agua) valora las solicitudes
- 6La Comisión de Valoración examina la valoración y emite dictamen
- 7La Alcaldía resuelve y notifica la concesión en un plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes
- 8Al tratarse de subvención en especie, no hay transferencia de fondos: el Ayuntamiento contrata directamente el servicio de redacción del IITE y la tramitación del certificado de aptitud
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Mollet del Vallès (según artículo 13 de las Bases Específicas Reguladoras)
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