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CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Resolución concesión subvención nominativa a la Federación Cántabra de Ciclismo. Gastos de organización y funcionamiento federativos

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Otras actuaciones de carácter económico

Requisitos

  • Ser la Federación Cántabra de Ciclismo (NIF Q8955026C), entidad beneficiaria nominativamente consignada en la Ley de Cantabria 4/2026 de Presupuestos Generales
  • Haber presentado Declaración Responsable del cumplimiento de los requisitos del artículo 12 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria
  • Estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
  • Estar al corriente de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
  • Estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria
  • Tener implementadas las medidas de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia (arts. 47 y 48 de la L.O. 8/2021)
  • Cumplir las obligaciones del artículo 13 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria
  • Destinar la subvención a la finalidad concedida: gastos de organización y funcionamiento federativos del fomento de la actividad deportiva y del deporte de competición
  • Los gastos de personal (nóminas y seguridad social) no podrán superar el 40% del total de la subvención concedida
  • No subcontratar las actividades subvencionadas
  • Realizar los gastos entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026
  • Pagar los gastos entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de marzo de 2027
  • Garantizar la adopción de medidas de información, difusión y publicidad de la colaboración de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
  • No haber recibido otra subvención de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la misma finalidad (incompatibilidad)

Documentación necesaria

  • Declaración Responsable del cumplimiento de los requisitos del artículo 12 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria
  • Certificados de estar al corriente de obligaciones con la AEAT, la TGSS y la Agencia Cántabra de Administración Tributaria
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas, con indicación de las actividades realizadas y resultados obtenidos (referida al año 2026, según modelo)
  • Memoria económica abreviada con estado representativo de los gastos incurridos, agrupados, y comparación con cantidades inicialmente presupuestadas y desviaciones
  • Relación clasificada de los gastos de la actividad con concepto, fecha de emisión y pago, número de factura, base imponible, IVA, importe y datos del expedidor (nombre y NIF/CIF), según modelo
  • Facturas y justificantes de pago originales
  • Informe de auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que certifique la verificación de facturas, documentos originales, cumplimiento del RD 1619/2012 y correspondencia de gastos al periodo subvencionable
  • Criterios de concesión de ayudas a clubes y deportistas aprobados en Asamblea General Ordinaria y/o Extraordinaria de la Federación
  • Certificación del representante legal de la entidad indicando nombre, identificación, funciones y actividades de los voluntarios que hayan participado en el proyecto (cuando se imputen gastos de voluntarios)
  • Cuenta justificativa completa del proyecto subvencionable por un coste total de 62.264,07 € según memoria económica explicativa presentada el 31 de marzo de 2026

Cómo solicitar

  1. 1Al ser una subvención nominativa consignada en los Presupuestos Generales de Cantabria para 2026, no existe un procedimiento abierto de solicitud: la subvención es concedida directamente por el Consejo de Gobierno
  2. 2La Federación Cántabra de Ciclismo presenta ante la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte la Declaración Responsable del cumplimiento de los requisitos del artículo 12 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria
  3. 3La Federación acredita estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (AEAT, TGSS y Agencia Cántabra de Administración Tributaria)
  4. 4El Consejo de Gobierno aprueba la concesión de la subvención por un importe de 62.000 € (acuerdo de 18 de junio de 2026)
  5. 5La Consejería reconoce la obligación y abona la subvención en un pago único, en el plazo máximo de 3 meses desde el reconocimiento, mediante ingreso en cuenta de la entidad beneficiaria, sin necesidad de justificación previa ni prestación de garantías
  6. 6La Federación ejecuta los gastos subvencionables entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, pagándolos como máximo el 31 de marzo de 2027
  7. 7La Federación presenta la cuenta justificativa con aportación de informe de auditor ante la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, con plazo máximo de presentación hasta el 30 de junio de 2027

Dónde: Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria (Dirección General de Deporte)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914050Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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