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AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA

SUBV. NOM. A LA ASOCIACIÓN DE COMERCIOS DE ECHEVERRÍA DEL PALO (ACEP). PROYECTO "VIVE ECHEVERRÍA 2026"

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Comercio, Turismo y Pymes

Requisitos

  • Ser la Asociación de Comercios de Echeverría del Palo (ACEP), entidad sin ánimo de lucro beneficiaria de la subvención nominativa prevista en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Málaga para 2026
  • No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (art. 14.1.e de la Ley 38/2003)
  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones previas a la concesión previstas en los arts. 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • Aportar declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
  • Subvención destinada al fomento de actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de finalidad pública en el ámbito del Área de Comercio

Documentación necesaria

  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario (art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003)
  • Acreditación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (art. 14.1.e de la Ley 38/2003)
  • Memoria Técnica firmada que describa el proyecto realizado, número de participantes, resultados obtenidos y desviaciones respecto al proyecto original
  • Memoria Económica firmada del proyecto con toda la documentación que justifique el 100% del proyecto
  • Relación de facturas o cuadrante económico de gastos del coste total del proyecto (datos del proveedor, NIF, concepto, importe total, importe imputado a la subvención, fecha de emisión y de pago)
  • Copia de las facturas y justificantes de pago conforme al RD 1619/2012, con IVA desglosado
  • Justificantes de pago de las facturas
  • Fotografía o material donde conste que el proyecto ha sido subvencionado por el Ayuntamiento de Málaga, a través del Área de Comercio
  • Cuenta Justificativa conforme a los arts. 30 y ss. de la Ley 38/2003, art. 72 del Reglamento, Capítulo II de la Ordenanza General de Subvenciones, Base 34ª de Ejecución del Presupuesto 2026 y Circular 1/2024

Cómo solicitar

  1. 1La entidad beneficiaria presenta solicitud de subvención ante el Ayuntamiento de Málaga (en este caso, con fecha de entrada 4 de junio de 2026)
  2. 2El Director General de Comercio emite informe técnico sobre la solicitud (9 de junio de 2026)
  3. 3El Director General del Área de Comercio suscribe memoria (9 de junio de 2026)
  4. 4La Asesoría Jurídica emite informe (12 de junio de 2026)
  5. 5La Intervención General emite informe (15 de junio de 2026)
  6. 6La Concejala Delegada de Comercio resuelve la concesión directa de la subvención nominativa y aprueba la suscripción del Convenio de Colaboración
  7. 7Se formaliza el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Málaga y la ACEP
  8. 8Se anticipa el pago del 75% de la subvención (9.000,00 €) como financiación previa a la justificación
  9. 9La entidad ejecuta el proyecto durante los meses de julio a diciembre de 2026
  10. 10Una vez finalizado el proyecto, las facturas y gastos deben estar pagados en el plazo de 2 meses desde su emisión
  11. 11La entidad justifica la subvención ante el Ayuntamiento en el plazo de 3 meses desde la finalización del proyecto
  12. 12La documentación justificativa se presenta a través de la sede electrónica municipal
  13. 13El 25% restante (3.000,00 €) se abona tras la justificación de la totalidad del proyecto

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga (https://sede.malaga.eu)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914062Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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