Ayudalíza
CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y TURISMO

Subvención nominativa a favor de la FUNDACIÓN DE LA SIDRA para el sostenimiento de los gastos generados por las actividades propias del Museo de la Sidra de Asturias durante 2026

ImporteHasta 30.000 €
Plazo de solicitudHasta 18 jun 2026
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Descripción

Cultura

Requisitos

  • Ser la entidad beneficiaria prevista nominativamente en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2026 (FUNDACIÓN DE LA SIDRA, NIF G33495524)
  • No estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, mediante declaración responsable
  • Haber cumplido con las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003 respecto de las subvenciones concedidas en el ejercicio anterior
  • Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y frente a la Seguridad Social
  • Tener entre sus fines la difusión de la cultura sidrera asturiana y las actividades relacionadas con la manzana, sus derivados y la sidra, así como las labores propias del museo etnográfico

Documentación necesaria

  • Memoria descriptiva de las actividades a desarrollar con cargo a la subvención nominativa
  • Declaración responsable de reunir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003 y de cumplimiento del artículo 14
  • Solicitud de abono anticipado de la subvención
  • Solicitud de exoneración de garantías para el abono anticipado
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones, firmada por el representante legal, con información sobre contenido de la visita guiada, duración, número de visitas, número de visitantes y período de apertura en meses
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad (según Anexo), con identificación del concepto, proveedor, documento, importe, fecha de emisión y fecha de pago
  • Facturas originales y documentos acreditativos del pago por importe igual o superior a la cuantía de la subvención
  • Certificados de entidades bancarias o extractos bancarios que reflejen los movimientos de pago
  • Recibí firmado y sellado por el proveedor en caso de pago en metálico (límite 600 € por pago, máximo 2.000 € por expediente)
  • Nóminas, TC1, TC2 y modelo 111 de las retenciones de IRPF para acreditar gastos de personal
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto
  • Declaración responsable de que el importe de la subvención no excede del coste total del proyecto
  • Carta de pago de reintegro en caso de remanentes no aplicados e intereses derivados
  • Tres presupuestos en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones cuando el gasto subvencionable supere las cuantías del contrato menor
  • Material de difusión de la actividad subvencionada que acredite la adecuada publicidad del carácter público de la financiación, con inclusión del texto 'Actividad subvencionada por el Gobierno del Principado de Asturias' y el logotipo de la Consejería competente en materia de Cultura

Cómo solicitar

  1. 1Dado que se trata de una subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2026, la concesión se realiza de forma directa (art. 22.2 a) Ley 38/2003), sin procedimiento de concurrencia competitiva
  2. 2La entidad beneficiaria presenta ante la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte la propuesta/memoria descriptiva de las actividades a desarrollar con cargo a la subvención
  3. 3La Consejería comprueba que la entidad está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  4. 4La entidad presenta declaración responsable de cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003 y las obligaciones del artículo 14
  5. 5La Consejería emite resolución de concesión, autoriza y dispone el gasto, y reconoce la obligación
  6. 6Se solicita el pago anticipado, exonerando a la beneficiaria de la prestación de garantía por el anticipo
  7. 7La justificación de la subvención se presenta por el sistema de cuenta justificativa con anterioridad al 1 de diciembre de 2026, a través del registro electrónico de la Administración del Principado de Asturias

Dónde: Registro electrónico de la Administración del Principado de Asturias disponible en la sede electrónica www.asturias.es (también registro electrónico de la AGE https://rec.redsara.es, registros electrónicos de otras CC.AA. o de la Administración Local, o del Sector Público Institucional)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914092Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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