Ayudalíza
CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y TURISMO

Subvención a la Fundación Museo Etnográfico del Oriente de Asturias para la financiación de los gastos generados por sus actividades durante 2026

ImporteHasta 32.000 €
Plazo de solicitudHasta 30 nov 2026
Estadoabierta

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Descripción

Cultura

Requisitos

  • Ser entidad beneficiaria nominativamente consignada en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias (FUNDACIÓN MUSEO ETNOGRÁFICO DEL ORIENTE DE ASTURIAS, CIF G74009333)
  • Reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • Haber cumplido con las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003 respecto de subvenciones concedidas en el ejercicio anterior por cualesquiera Administraciones Públicas
  • Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y frente a la Seguridad Social
  • Presentar memoria descriptiva de las actividades a desarrollar con cargo a la subvención
  • Solicitar el abono anticipado y, en su caso, la exoneración de garantías

Documentación necesaria

  • Memoria descriptiva de las actividades a desarrollar con cargo a la subvención (Plan de actuación 2026 y Acciones para las que se solicita subvención)
  • Declaración responsable de reunir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003 y de cumplimiento de obligaciones del artículo 14
  • Solicitud de abono anticipado de la subvención y exoneración de garantías
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas, con indicación de actividades realizadas y resultados obtenidos, firmada por el representante legal
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad (según modelo Anexo), con identificación de concepto, proveedor, documento, importe, fecha de emisión y fecha de pago
  • Facturas originales y documentos acreditativos del pago por importe igual o superior a la cuantía de la subvención, conforme al Real Decreto 1619/2012
  • Certificados de entidades bancarias o extractos bancarios que reflejen los movimientos de pago
  • Recibí firmado y sellado por el proveedor para pagos en metálico (no superiores a 600 euros por pago, máximo 2.000 euros por expediente)
  • Para gastos de personal: nóminas, documentos de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2) y acreditación del ingreso en la Agencia Tributaria de retenciones (modelo 111)
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto, con importe y procedencia
  • Declaración responsable firmada por el beneficiario o representante legal de que el importe de la subvención, aisladamente o en concurrencia, no excede del coste total del proyecto
  • Carta de pago de reintegro en caso de remanentes no aplicados e intereses derivados
  • Tres presupuestos solicitados cuando el gasto subvencionable supere las cuantías del contrato menor (art. 31.3 LGS)
  • Material de difusión de la actividad subvencionada que acredite la adecuada publicidad del carácter público de la financiación, con inclusión del logotipo de la Consejería competente en materia de Cultura y la leyenda 'Actividad subvencionada por el Gobierno del Principado de Asturias'

Cómo solicitar

  1. 1La Consejería requirió a la entidad beneficiaria (el 2 de febrero de 2026) la presentación de la propuesta para el ejercicio 2026
  2. 2La entidad beneficiaria presenta ante la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte la memoria descriptiva de las actividades a desarrollar
  3. 3La entidad beneficiaria solicita el abono anticipado de la subvención y la exoneración de garantías para dicho anticipo
  4. 4La entidad beneficiaria presenta declaración responsable de reunir los requisitos del artículo 13 LGS y de cumplimiento de las obligaciones del artículo 14
  5. 5Se comprueba de oficio que la entidad está al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  6. 6La Consejería dicta resolución acordando la tramitación, autorizando y disponiendo el gasto, y concediendo la subvención
  7. 7Se reconoce la obligación y se interesa el pago anticipado ante la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos, exonerando de garantías
  8. 8La entidad beneficiaria ejecuta las actividades durante el ejercicio 2026
  9. 9Antes del 1 de diciembre de 2026, la entidad beneficiaria presenta la justificación mediante cuenta justificativa a través del registro electrónico de la Administración del Principado de Asturias (sede electrónica www.asturias.es) o, alternativamente, en el registro electrónico de la AGE (https://rec.redsara.es), de otras Comunidades Autónomas o de Entidades Locales

Dónde: Registro electrónico de la Administración del Principado de Asturias (sede electrónica www.asturias.es); alternativamente, registro electrónico de la AGE (https://rec.redsara.es) o cualquier otro Registro Electrónico de las Comunidades Autónomas y de las Entidades que integran la Administración Local, así como los del Sector Público Institucional

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914100Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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