BECAS AYUDAS DE COMEDOR ESCUELA MUNICIPAL DE VERANO 2026
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Ayudas del Ayuntamiento de Andújar destinadas a sufragar parcial o totalmente los gastos del Servicio de Comedor en el programa 'Escuela de Verano 2026' (del 23 de junio al 4 de septiembre de 2026), con una consignación total de 1.500,00 €. Dirigidas a padres, madres o tutores de menores empadronados en Andújar matriculados en el programa, mediante bonificaciones sobre la cuota según criterios económicos y socio-familiares (hasta el 75% e incluso exención total).
Requisitos
- Ser mayor de edad
- Estar empadronado en el municipio de Andújar
- No ser beneficiario de ayudas para el mismo fin otorgadas por otra entidad pública
- Hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social
- Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Estar matriculado en el Programa de Escuela de Verano Municipal por un periodo mínimo de un mes
- Acreditar la situación económica y socio-familiar de la unidad familiar conforme a los tramos de IPREM establecidos
Documentación necesaria
- Solicitud mediante Instancia General
- Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte de los solicitantes
- Certificado resumen de la Declaración anual del IRPF 2024 de la unidad familiar o certificado negativo de no haber presentado declaración
- Fotocopia del libro de familia
- Fotocopia del certificado del grado de discapacidad del menor o de cualquier miembro de la unidad familiar, en su caso
- Fotocopia de documentación oficial que acredite la situación de familia monoparental, si procede
- Certificado de empadronamiento colectivo o consentimiento para acceder a los datos del padrón
- Cualquier otro documento que se estime oportuno para acreditar la situación
- Declaración responsable de estar al corriente con las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social
- Declaración responsable sobre el cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones (art. 25 del Reglamento de la LGS)
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- Declaración o documento que especifique otras ayudas o subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo programa
- Documento con el número de cuenta bancaria para la transferencia de la ayuda, firmado por el interesado o su representante
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la Instancia General de solicitud adjuntando la documentación requerida
- 2Presentar la solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica https://sede.andujar.es, dirigida a la Concejalía de Educación
- 3O bien, presentar la solicitud presencialmente en la Oficina de Atención al Ciudadano, solicitando cita previa en https://sede.andujar.es o en el teléfono 953508200
- 4Si la solicitud o documentación es incompleta o defectuosa, el Ayuntamiento requerirá al solicitante para que subsane en un plazo de 10 días, con advertencia de tenerlo por desistido
- 5Publicada la propuesta provisional de resolución, los beneficiarios provisionales disponen de 10 días hábiles para presentar alegaciones, aportar documentación o comunicar la aceptación de la beca
- 6El Ayuntamiento dictará propuesta definitiva y resolverá mediante Resolución de Alcaldía, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web municipal
- 7Contra la resolución cabe recurso contencioso-administrativo o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes desde su publicación
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Andújar (https://sede.andujar.es) u Oficina de Atención al Ciudadano (presencial con cita previa, tel. 953508200), dirigido a la Concejalía de Educación
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.