Ayudalíza
CONSEJERÍA ORDENACIÓN DE TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y DERECHOS CIUDADANOS

SUBVENCION NOMINATIVA ARQUITECTURA SIN FRONTERAS

ImporteHasta 100.000 €
Plazo de solicitudHasta 27 oct 2026
Estadoabierta

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Descripción

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

Requisitos

  • Ser beneficiario nominativo expresamente previsto en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias: Arquitectura Sin Fronteras (CIF G60192614)
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para tener la condición de beneficiario recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles
  • Destinar íntegramente el importe de la subvención a las finalidades para las que se otorga
  • Adoptar las medidas de difusión de la financiación pública conforme al artículo 18 de la Ley 38/2003
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero del órgano concedente y otros órganos competentes
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos durante el plazo legalmente exigible

Documentación necesaria

  • Memoria de actividades del proyecto
  • Presupuesto de la actuación
  • Documentación acreditativa de la representación
  • Planos de las actuaciones a desarrollar
  • Descripción técnica del proyecto
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión (en la justificación)
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, conforme al artículo 72 del Real Decreto 887/2006
  • Acreditación documental del cumplimiento de las obligaciones de publicidad y difusión de la financiación pública recibida

Cómo solicitar

  1. 1Se trata de una subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2026, por lo que se concede de forma directa conforme al artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003
  2. 2La entidad beneficiaria (Arquitectura Sin Fronteras) presentó solicitud de concesión y abono anticipado en el registro de la Administración del Principado de Asturias, acompañada de la documentación requerida (memoria, presupuesto, planos, descripción técnica y acreditación de representación)
  3. 3El Servicio de Ayudas a la Vivienda emite informe de valoración favorable de la solicitud (fecha de informe: 4 de junio de 2026)
  4. 4El Consejero dicta resolución de concesión, autorización y disposición del gasto y reconocimiento de obligaciones, acordando el abono anticipado sin constitución de garantía previa
  5. 5Se notifica la resolución al interesado, informando de los recursos procedentes (recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses)
  6. 6La justificación de la subvención deberá presentarse antes del 30 de septiembre de 2027 mediante la correspondiente cuenta justificativa conforme al artículo 72 del Real Decreto 887/2006

Dónde: Registro de la Administración del Principado de Asturias

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913141Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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