Apoyo a entidades públicas y privadas de promoción educativa
Importe935.00–7478 €
Plazo de solicitudHasta 30 jun 2026
Estadoabierta
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Educación
Requisitos
- Ser alumnado de enseñanza obligatoria matriculado en las Residencias Escolares dependientes de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes
- Haber obtenido plaza en las Residencias Escolares para el curso 2025/2026 conforme a la Orden de 29 de enero de 1999
- Que no exista en su municipio o localidad próxima centro donde cursar los estudios, así como inexistencia o insuficiencia de medios de comunicación o transporte entre el domicilio y dicho centro que impidan un traslado diario
- Circunstancias sociales, familiares o económicas que aconsejen su estancia en una Residencia Escolar para no ver interrumpido su normal desarrollo educativo
- Cumplir los requisitos previstos en los artículos 5 y 6 del Decreto 40/2005, de 16 de marzo, de Ordenación de Residencias Escolares
Documentación necesaria
- Certificación emitida por cada Residencia Escolar con los datos del alumnado matriculado para el curso 2025/2026 que reúne los requisitos exigidos
- Certificación del acuerdo del Consejo de Residencia (modelo Anexo II) que acredite que la asignación recibida ha sido destinada a la finalidad para la que fue concedida
- Justificación de ingresos y gastos de la subvención de manutención (Anexo II) suscrita por el/la Secretario/a del Consejo de Residencia con el VºBº del Presidente/a
- Justificantes originales y demás documentación administrativa archivados en la Residencia Escolar
Cómo solicitar
- 1La solicitud se entiende implícita en la solicitud y formalización de la matrícula en la Residencia Escolar (Disposición Adicional Segunda del Decreto 36/2009)
- 2La Residencia Escolar remite a la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios la certificación con los datos del alumnado matriculado que reúne los requisitos
- 3La Dirección General eleva Memoria-Propuesta de concesión al Consejero
- 4Emisión de informe favorable por la Dirección General de Asuntos Europeos
- 5Resolución mediante Orden del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes por la que se conceden las subvenciones
- 6Notificación de la Orden a las Residencias Escolares beneficiarias
- 7Abono anticipado del 100% de la subvención concedida a cada Residencia Escolar
- 8Justificación de la cantidad subvencionada mediante certificación (Anexo II) ante el 15 de julio de 2026, pudiendo imputar gastos de manutención hasta el 30 de junio de 2026
- 9En caso de defectos subsanables, se otorga un plazo de diez días para subsanar
Dónde: Sede electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org) - Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913154Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoriaAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.