Ayudalíza
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES

Gastos de manuteción Residencias Escolares- 2º y 3º trimestre

Importe935.00–43.945 €
Plazo de solicitudHasta 30 jun 2026
Estadoabierta

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Descripción

Educación

Requisitos

  • Ser alumnado de enseñanza obligatoria
  • Haber obtenido plaza en las Residencias Escolares dependientes de la Consejería para el curso 2025/2026, conforme a la Orden de 29 de enero de 1999
  • Que no exista en su municipio o localidad próxima centro donde cursar los estudios, así como inexistencia o insuficiencia de medios de comunicación o transporte entre el domicilio y dicho centro que impidan un traslado diario
  • Circunstancias sociales, familiares o económicas que aconsejen su estancia en una Residencia Escolar para no ver interrumpido su normal desarrollo educativo

Documentación necesaria

  • Certificación de cada Residencia Escolar con los datos del alumnado matriculado para el curso 2025/2026 que reúne los requisitos exigidos (Anexo I)
  • Justificación de ingresos y gastos de la subvención (Anexo II), mediante certificación del Secretario/a del Consejo de Residencia con el VºBº del Presidente/a
  • Archivo en la Residencia de los justificantes originales y demás documentación administrativa

Cómo solicitar

  1. 1La solicitud se entiende implícita en la solicitud y formalización de la matrícula en la Residencia Escolar
  2. 2Las Residencias Escolares remiten a la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios la certificación con los datos del alumnado matriculado que cumple los requisitos
  3. 3La Consejería resuelve mediante Orden la concesión de la subvención directa a las Residencias Escolares relacionadas en el Anexo I
  4. 4Se realiza un abono anticipado del 100% de la subvención concedida a cada Residencia Escolar
  5. 5La Residencia Escolar justifica la subvención mediante certificación (Anexo II) especificando el importe gastado y acreditando que se ha destinado a la finalidad concedida, antes del 15 de julio de 2026
  6. 6En caso de defectos subsanables en la justificación, se otorga un plazo de diez días para subsanar

Dónde: Sede electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/) - Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913155Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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