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SUBVENCION NOMINATIVA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA PROGRAMA MASTER UNIVERSITARIO EN TRIBUTACION 2026

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Descripción

Educación

Requisitos

  • Reunir los requisitos para obtener la condición de beneficiario de conformidad con la Ley de Cantabria 10/2006 de Subvenciones
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social
  • Hallarse al corriente de las obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria
  • No ser deudor por resolución de procedencia de reintegro

Documentación necesaria

  • Declaración responsable acreditando no estar incurso en las prohibiciones del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006 de Subvenciones
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión, con indicación de actividades realizadas y resultados obtenidos
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad (Anexo I), con identificación del acreedor, documento, importe, fecha de emisión y fecha de pago
  • Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, con indicación del importe y procedencia, o declaración de no haber recibido ayudas con idéntica finalidad (Anexo II)
  • Carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos
  • Justificantes de ingresos bancarios, facturas originales o copias compulsadas y demás documentos de valor probatorio equivalente correspondientes a los gastos imputados

Cómo solicitar

  1. 1La subvención es nominativa y se concede directamente a la Universidad de Cantabria, CIF Q-3918001C
  2. 2La notificación de la resolución se efectúa por correo electrónico a la dirección designada por el beneficiario y mediante el registro SIR a la Universidad de Cantabria
  3. 3El plazo para considerar rechazada la notificación es de cinco días naturales
  4. 4El abono de la subvención se realiza mediante un único pago, sin necesidad de garantías ni justificación previa, mediante ingreso en cuenta bancaria titularidad de la Universidad de Cantabria
  5. 5La justificación finalizará el 23 de diciembre de 2026, debiendo presentar la cuenta justificativa simplificada conforme al artículo 75 del Real Decreto 887/2006
  6. 6La justificación se presenta ante la Dirección General de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria

Dónde: Dirección General de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT), Gobierno de Cantabria

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913482Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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