Ayudalíza
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES

GASTOS DE MANUTENCIÓN RESIDENCIA ESCOLAR -2º Y 3º TRIMESTRE

Importe8.50–30.305 €
Plazo de solicitudHasta 30 jun 2026
Estadoabierta

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Descripción

Educación

Requisitos

  • Ser alumnado de enseñanza obligatoria matriculado en Residencias Escolares dependientes de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes para el curso 2025/2026
  • Cumplir los requisitos previstos en los artículos 5 y 6 del Decreto 40/2005, de 16 de marzo, de Ordenación de Residencias Escolares
  • No existir en su municipio, o en localidad próxima, centro donde cursar los estudios, así como la inexistencia o insuficiencia de medios de comunicación o transporte entre el domicilio y dicho centro que impidan un traslado diario
  • Acreditar circunstancias sociales, familiares o económicas que aconsejen la estancia en una Residencia Escolar para no ver interrumpido su normal desarrollo educativo

Documentación necesaria

  • Certificación emitida por cada Residencia Escolar con los datos relativos al alumnado matriculado para el curso 2025/2026 que reúne los requisitos exigidos
  • Anexo II de justificación de ingresos y gastos firmado por el/la Secretario/a del Consejo de Residencia con el VºBº del/de la Presidente/a del Consejo de Residencia y sello de la Residencia
  • Justificantes originales y demás documentación administrativa de los gastos, archivados en la Residencia Escolar
  • Acreditación del Consejo de Residencia de que la asignación recibida ha sido destinada a la finalidad para la que fue concedida

Cómo solicitar

  1. 1La solicitud se entiende implícita en la solicitud y formalización de la matrícula en la Residencia Escolar (Disposición Adicional Segunda del Decreto 36/2009)
  2. 2La Residencia Escolar remite a la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios la certificación con los datos del alumnado beneficiario
  3. 3La Dirección General eleva Memoria-Propuesta de concesión de subvenciones
  4. 4El Consejero de Educación dicta la Orden de concesión de las subvenciones directas
  5. 5Se notifica la Orden a las Residencias Escolares beneficiarias relacionadas en el Anexo I
  6. 6Se realiza un abono anticipado del 100% de la subvención a cada Residencia Escolar
  7. 7Cada Residencia Escolar justifica la subvención mediante el Anexo II, especificando el importe gastado y acreditando que ha sido destinada a la finalidad concedida, antes del 15 de julio de 2026
  8. 8En caso de defectos subsanables en la justificación, se requiere a la Residencia Escolar para que subsane en un plazo de diez días

Dónde: Sede electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913159Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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