GASTOS DE MANUTENCIÓN RESIDENCIA ESCOLAR -2º Y 3º TRIMESTRE
Importe935.00–18.926 €
Plazo de solicitudHasta 30 jun 2026
Estadoabierta
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Descripción
Educación
Requisitos
- Ser alumnado de enseñanza obligatoria matriculado en Residencias Escolares dependientes de la Consejería
- Haber obtenido plaza en las Residencias Escolares para el curso 2025/2026 conforme a la Orden de 29 de enero de 1999
- Que la escolarización se vea afectada por circunstancias geográficas (población ultradiseminada), de oferta educativa o por condiciones socioeconómicas desfavorables
- Que no exista en su municipio o localidad próxima centro donde cursar los estudios, así como inexistencia o insuficiencia de medios de comunicación o transporte que impidan el traslado diario
- Que concurran circunstancias sociales, familiares o económicas que aconsejen su estancia en una Residencia Escolar para no interrumpir su desarrollo educativo
Documentación necesaria
- Certificación de cada Residencia Escolar con los datos del alumnado matriculado para el curso 2025/2026 que reúne los requisitos
- Anexo I: relación detallada del alumnado beneficiario y cuantías de subvención por Residencia Escolar
- Anexo II: modelo de justificación de ingresos y gastos de la subvención de manutención, certificado por el/la Secretario/a del Consejo de Residencia con VºBº del Presidente/a
- Acreditación de que el Consejo de Residencia ha aprobado los ingresos y gastos y que la asignación recibida ha sido destinada a la finalidad concedida
- Justificantes originales y documentación administrativa archivados en la Residencia
Cómo solicitar
- 1Las solicitudes se entienden implícitas en la solicitud y formalización de la matrícula (Disposición Adicional Segunda del Decreto 36/2009)
- 2No se promueve concurrencia pública; son beneficiarios la totalidad del alumnado que obtuvo plaza para el curso 2025/2026
- 3Las Residencias Escolares remiten a la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios la certificación del alumnado que reúne los requisitos
- 4La Consejería dicta Orden de concesión de las subvenciones directas
- 5Se abona a cada Residencia Escolar el 100% de la subvención concedida mediante pago anticipado
- 6Cada Residencia Escolar justifica la subvención antes del 15 de julio de 2026 mediante el Anexo II, pudiendo imputar gastos de manutención hasta el 30 de junio de 2026
- 7El remanente a 30 de junio de 2026 queda en la tesorería de la Residencia y se detrae de los siguientes abonos
Dónde: Sede electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/) - la justificación se presenta ante la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913161Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoriaAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.