Ayudalíza
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES

GASTOS DE MANUTENCIÓN RESIDENCIA ESCOLAR -2º Y 3º TRIMESTRE

Importe935.00–18.926 €
Plazo de solicitudHasta 30 jun 2026
Estadoabierta

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Descripción

Educación

Requisitos

  • Ser alumnado de enseñanza obligatoria matriculado en Residencias Escolares dependientes de la Consejería
  • Haber obtenido plaza en las Residencias Escolares para el curso 2025/2026 conforme a la Orden de 29 de enero de 1999
  • Que la escolarización se vea afectada por circunstancias geográficas (población ultradiseminada), de oferta educativa o por condiciones socioeconómicas desfavorables
  • Que no exista en su municipio o localidad próxima centro donde cursar los estudios, así como inexistencia o insuficiencia de medios de comunicación o transporte que impidan el traslado diario
  • Que concurran circunstancias sociales, familiares o económicas que aconsejen su estancia en una Residencia Escolar para no interrumpir su desarrollo educativo

Documentación necesaria

  • Certificación de cada Residencia Escolar con los datos del alumnado matriculado para el curso 2025/2026 que reúne los requisitos
  • Anexo I: relación detallada del alumnado beneficiario y cuantías de subvención por Residencia Escolar
  • Anexo II: modelo de justificación de ingresos y gastos de la subvención de manutención, certificado por el/la Secretario/a del Consejo de Residencia con VºBº del Presidente/a
  • Acreditación de que el Consejo de Residencia ha aprobado los ingresos y gastos y que la asignación recibida ha sido destinada a la finalidad concedida
  • Justificantes originales y documentación administrativa archivados en la Residencia

Cómo solicitar

  1. 1Las solicitudes se entienden implícitas en la solicitud y formalización de la matrícula (Disposición Adicional Segunda del Decreto 36/2009)
  2. 2No se promueve concurrencia pública; son beneficiarios la totalidad del alumnado que obtuvo plaza para el curso 2025/2026
  3. 3Las Residencias Escolares remiten a la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios la certificación del alumnado que reúne los requisitos
  4. 4La Consejería dicta Orden de concesión de las subvenciones directas
  5. 5Se abona a cada Residencia Escolar el 100% de la subvención concedida mediante pago anticipado
  6. 6Cada Residencia Escolar justifica la subvención antes del 15 de julio de 2026 mediante el Anexo II, pudiendo imputar gastos de manutención hasta el 30 de junio de 2026
  7. 7El remanente a 30 de junio de 2026 queda en la tesorería de la Residencia y se detrae de los siguientes abonos

Dónde: Sede electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/) - la justificación se presenta ante la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913161Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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