Ayudalíza
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES

GASTOS DE MANUTENCIÓN RESIDENCIA ESCOLAR -2º Y 3º TRIMESTRE

Importe8.50–2805 €
Plazo de solicitudHasta 30 jun 2026
Estadoabierta

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Descripción

Educación

Requisitos

  • Ser alumnado de enseñanza obligatoria matriculado en una Residencia Escolar dependiente de la Consejería de Educación para el curso 2025/2026
  • Haber obtenido plaza en la Residencia Escolar conforme a la Orden de esta Consejería de 29 de enero de 1999, por la que se regula la admisión de alumnado en Residencias Escolares
  • Que la escolarización se vea afectada por circunstancias geográficas: no existir en su municipio o localidad próxima centro donde cursar los estudios, o inexistencia o insuficiencia de medios de comunicación o transporte entre el domicilio y dicho centro que impidan un traslado diario
  • Que concurran circunstancias sociales, familiares o económicas que aconsejen la estancia en una Residencia Escolar para no ver interrumpido su normal desarrollo educativo
  • Cumplir los requisitos previstos en los artículos 5 y 6 del Decreto 40/2005, de 16 de marzo, de Ordenación de Residencias Escolares, y en la Orden Departamental de 29 de enero de 1999

Documentación necesaria

  • Certificación de cada Residencia Escolar con los datos relativos al alumnado matriculado para el curso 2025/2026 que reúne los requisitos exigidos
  • Justificación según modelo del Anexo II (certificación del Secretario/a del Consejo de Residencia con V.º B.º del Presidente/a), detallando ingresos, gastos de manutención y remanente a 30 de junio de 2026
  • Acreditación de que la subvención recibida ha sido destinada a la finalidad para la que fue concedida antes del 15 de julio de 2026
  • Justificantes originales y demás documentación administrativa archivados en la Residencia

Cómo solicitar

  1. 1Las solicitudes se entienden implícitas en la solicitud y formalización de la matrícula en la Residencia Escolar (Disposición Adicional Segunda del Decreto 36/2009)
  2. 2La Residencia Escolar remite a la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios la certificación con los datos del alumnado matriculado para el curso 2025/2026 que reúne los requisitos
  3. 3La Dirección General eleva Memoria-Propuesta de concesión
  4. 4La Dirección General de Asuntos Europeos emite informe favorable sobre la propuesta
  5. 5El Consejero de Educación dicta la Orden de concesión de las subvenciones directas
  6. 6Se notifica la Orden a cada Residencia Escolar beneficiaria relacionada en el Anexo I
  7. 7Se abona anticipadamente el 100% de la subvención a cada Residencia Escolar
  8. 8Antes del 15 de julio de 2026, cada Residencia Escolar presenta la justificación de los gastos según el modelo del Anexo II, con posibilidad de imputar gastos de manutención hasta el 30 de junio de 2026
  9. 9En caso de defectos subsanables en la justificación, se otorga un plazo de diez días para subsanar

Dónde: Sede electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913164Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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