Ayudalíza
GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES DE CASTILLA Y LEÓN

Acuerdo Junta por el que se autoriza subvención directa a la Federación Regional de asociaciones de familiares de enfermos de alzheimer y a las 27 asociaciones que la integran para programas promoción autonomía personal y en el entorno.

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Servicios Sociales y Promoción Social

Requisitos

  • Ser la Federación Regional de Asociaciones de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Castilla y León (AFACAYLE) o una de las 27 asociaciones integradas en la misma
  • Ser una entidad sin ánimo de lucro
  • Ejecutar los programas o actividades previstos en los acuerdos conforme a su finalidad y la prestación habitual de los servicios sociales
  • Estar asociada al colectivo de familiares de enfermos de Alzheimer en Castilla y León
  • Desarrollar programas y servicios específicos de prevención y atención a personas mayores en situación de dependencia y sus familias

Documentación necesaria

  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión, con indicación de los programas y servicios realizados y de los resultados obtenidos, incluyendo referencia expresa a carteles, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales y menciones en medios de comunicación que contengan la imagen institucional de la Junta de Castilla y León, acompañada de un ejemplar o soporte fotográfico
  • Memoria económica justificativa del coste de los programas y servicios realizados, con relación clasificada de gastos e inversiones (identificación del acreedor y documento, importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago)
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, y documentación acreditativa del pago
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia
  • En su caso, los tres presupuestos solicitados en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003
  • En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos
  • Aceptación expresa de la subvención por la entidad beneficiaria en el plazo de 30 días desde su notificación

Cómo solicitar

  1. 1Se trata de una subvención directa, no de una convocatoria pública: la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, autoriza en Consejo de Gobierno la concesión directa
  2. 2La presidenta del Consejo de Administración de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León concede la subvención directa a la Federación y a las asociaciones integradas, por el importe total de 605.000 €
  3. 3Se notifica la concesión a cada una de las entidades beneficiarias
  4. 4Cada entidad beneficiaria debe aceptar la subvención en el plazo de 30 días desde su notificación; transcurrido dicho plazo sin aceptación se entiende que renuncia a ella
  5. 5Previa solicitud, la entidad puede recibir un anticipo de hasta el 100 % de la subvención concedida, sin necesidad de constitución de garantía
  6. 6Una vez ejecutadas las actividades (entre el 1 de diciembre de 2025 y el 31 de diciembre de 2026), la entidad presenta la cuenta justificativa ante la Gerencia de Servicios Sociales, con fecha límite el 28 de febrero de 2027

Dónde: Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León (sede del organismo concedente)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913180Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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