Asoc. Vecinos San Juan Bautista_Conmemoración 75ºAniv. emigración Venezuela
ImporteHasta 3000 €
Plazo de solicitudHasta 16 jun 2026
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Descripción
Cultura
Requisitos
- Ser la Asociación Vecinos San Juan Bautista de Los Galguitos (S.J.B.-L.G) con NIF G70861612
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Acreditar las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social
- No disponer de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad subvencionada (para el abono anticipado del 100%)
- No tener otras subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos o encomiendas concedidas por este Departamento con abono anticipado pendientes de justificación en los dos ejercicios inmediatos anteriores
- Aceptar expresamente la subvención dentro del plazo de los 15 días siguientes a la notificación de la resolución
Documentación necesaria
- Documentación acreditativa de la personalidad y representación de la entidad interesada
- Declaración responsable acreditativa de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario (art. 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003)
- Acreditación de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social
- Proyecto de las actuaciones a realizar con plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
- Solicitud de subvención con nº de registro 1241861/2026
Cómo solicitar
- 1La entidad interesada presenta solicitud de subvención directa ante la Viceconsejería de Acción Exterior
- 2Se incorpora al expediente la documentación acreditativa de la personalidad y representación de la entidad
- 3Se aporta declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario
- 4Se acreditan las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- 5Se presenta el proyecto de actuaciones con plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
- 6La Dirección General de Asuntos Europeos informa favorablemente la concesión (art. 21.3 del Decreto 36/2009)
- 7El Jefe de Servicio certifica las condiciones para el abono anticipado
- 8La Viceconsejería de Acción Exterior dicta resolución de concesión
- 9La entidad beneficiaria debe aceptar expresamente la subvención en el plazo de 15 días desde la notificación
Dónde: Sede electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913805Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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