Ayudalíza
DIRECCIÓN GENERAL DE INCLUSIÓN SOCIAL Y VOLUNTARIADO

CONCESION DIRECTA DE UNA AYUDA DE EMERGENCIA Y HUMANITARIA A LA ASOCIACIÓN LESTIFTA, AMIGOS DEL PUEBLO SAHARAUI DE TERUEL, PARA EL PROYECTO "VACACIONES EN PAZ PARA NIÑOS/AS SAHARAUIS CON FAMILIAS ARAGONESAS”, AÑO 2026

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Servicios Sociales y Promoción Social

Requisitos

  • Ser una ONGD acreditada ante el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) y ante el Gobierno de la República Árabe Saharaui Democrática para el acogimiento temporal de menores saharauis
  • Ser una de las cinco entidades sociales sin ánimo de lucro acreditadas en Aragón: ALOUDA, UM DRAIGA, LESTIFTA, ARAPAZ y ASAPS
  • Presentar un proyecto individualizado con presupuesto detallado de gastos
  • No haber obtenido otras fuentes de financiación para la misma finalidad (incompatibilidad con otras ayudas para el mismo fin)

Documentación necesaria

  • Solicitud de ayuda de emergencia y humanitaria
  • Proyecto y presupuesto detallado (ANEXO I)
  • Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto y pago (artículo 49 del Decreto 100/2016)
  • Facturas físicas o electrónicas a nombre de la entidad beneficiaria, con requisitos exigidos en el ámbito tributario
  • Justificantes de pago mediante cheque nominativo (con copia del cheque y cargo bancario) o transferencia bancaria
  • Relación ordenada de los documentos justificativos del gasto clasificados por partidas del presupuesto
  • Para gastos de personal: contratos de trabajo, nóminas y su abono bancario, RNT (antiguo TC2), RLC (antiguo TC1) con pago, Modelo 111 de retenciones IRPF y su adeudo, Modelo 190 completo, declaración del representante legal sobre porcentaje de dedicación al proyecto
  • Para viajes y estancias: facturas del establecimiento hotelero o agencia de viajes, billetes, declaración firmada por representante legal identificando persona desplazada, finalidad, destino, duración y coste detallado (billetes en clase turista y gastos de estancia según dieta vigente)
  • Para difusión y publicidad: factura, autorización previa de la Comisión de Comunicación Institucional y evidencia gráfica
  • Informe de seguimiento final con detalle de ingresos y gastos y resumen explicativo de las actuaciones
  • Documentación original de gastos y pagos custodiada por la entidad para controles
  • Declaración responsable sobre vinculación de gastos al proyecto (para costes indirectos)
  • Identificador corporativo del Gobierno de Aragón en publicaciones y acciones de difusión

Cómo solicitar

  1. 1La entidad beneficiaria presenta la solicitud de ayuda mediante escrito en el Registro Electrónico del Gobierno de Aragón (en este caso, el 1 de junio de 2026)
  2. 2Se emite informe y resolución de concesión mediante Orden del Consejero competente en materia de cooperación para el desarrollo (concesión directa, según artículos 22.2 de la Ley 38/2003 y 31 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón)
  3. 3El pago se realiza mediante un único anticipo del 100% de la subvención, sin necesidad de garantías ni de aceptación expresa
  4. 4Ejecución del proyecto dentro del plazo establecido (1 de junio de 2026 a 30 de septiembre de 2026)
  5. 5Justificación de los gastos a través del tramitador on line del Gobierno de Aragón en el plazo de tres meses tras la ejecución (fecha límite: 30 de diciembre de 2026)
  6. 6En caso de modificaciones durante la ejecución, solicitar conforme al artículo 48 del Decreto 100/2016 (autorización del órgano gestor o acuerdo de la Comisión de Valoración)
  7. 7Recursos posibles: recurso de reposición en un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses ante el TSJA, ambos desde el día siguiente a la notificación

Dónde: Registro Electrónico del Gobierno de Aragón (tramitador on line del Gobierno de Aragón)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913204Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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