Ayudalíza
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL

ORDEN MAT/ /2026, de 10 de junio, del Consejero de Medio Ambiente y Turismo, por la que se convocan subvenciones públicas en el área de influencia socio-económica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto

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Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para financiar inversiones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido (municipios de Bielsa, Broto, Fanlo, Puértolas, Tella-Sin y Torla-Ordesa), dirigidas a ayuntamientos, pymes, autónomos, personas físicas e instituciones sin fines de lucro, con el fin de fomentar el desarrollo socioeconómico, la conservación del patrimonio natural y arquitectónico y la compatibilidad de usos tradicionales con la finalidad del Parque Nacional.

Requisitos

  • Ser entidad local (ayuntamiento) de los municipios del área de influencia socioeconómica del Parque Nacional: Bielsa, Broto, Fanlo, Puértolas, Tella-Sin y Torla-Ordesa
  • Ser entidad empresarial considerada pyme con sede social y actividad principal en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional
  • Ser autónomo con residencia y actividad en el área de influencia socioeconómica, o residente en ella pretendiendo implantar actividad, o no residente pero con actividad artesanal ligada al sector primario reglada en los instrumentos de planificación del parque
  • Ser persona física residente en el área de influencia socio-económica del Parque Nacional
  • Ser fundación o asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida con sede en el área de influencia y con fines estatutarios de conservación, uso sostenible de recursos naturales, protección del patrimonio histórico-artístico o promoción de la cultura tradicional
  • Ser asociación de municipios del área de influencia constituida para promoción de actividades de desarrollo sostenible
  • Ser entidad de derecho público en materia de recursos naturales renovables o agrupación de propietarios de terrenos en el interior del Parque Nacional
  • No estar incurso en ninguna causa de prohibición del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, Hacienda de la Comunidad Autónoma y frente a la Seguridad Social
  • En caso de entidades locales: estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros si procede

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud (procedimiento nº 11547)
  • Declaración responsable de no estar incurso en causas de prohibición y de cumplimiento del artículo 44.3 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón (salvo autorización al órgano instructor)
  • Certificado de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Documentación acreditativa de las inversiones a realizar
  • Tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto subvencionable supere las cuantías del contrato menor según normativa de contratación pública, con memoria justificativa de la elección
  • Memoria justificativa cuando no exista en el mercado suficiente número de entidades para realizar la obra, servicio o suministro

Cómo solicitar

  1. 1Acceder a la sede electrónica del Gobierno de Aragón en https://aragon.es/tramites y localizar el procedimiento nº 11547
  2. 2Disponer de un sistema de firma electrónica habilitado conforme a las disposiciones sobre firma electrónica aplicables en Aragón
  3. 3Cumplimentar el modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica
  4. 4Adjuntar la documentación requerida
  5. 5Presentar la solicitud y documentación relacionada a través de los registros electrónicos de la Administración (sede electrónica del Gobierno de Aragón) o, en caso de imposibilidad material, en los restantes registros electrónicos de la AGE, CCAA, Entidades Locales y sector público institucional, conforme al artículo 16.4 de la Ley 39/2015
  6. 6Los interesados no obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración pueden presentar la solicitud también presencialmente en los Servicios Provinciales del Departamento de Medio Ambiente y Turismo o en las Oficinas Comarcales Agroambientales

Dónde: Sede electrónica del Gobierno de Aragón (https://aragon.es/tramites, procedimiento nº 11547). Presencialmente, en los Servicios Provinciales del Departamento de Medio Ambiente y Turismo o en las Oficinas Comarcales Agroambientales, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913244Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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