Acuerdo del día 15 de junio de 2026 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ibiza que aprueba la convocatoria de ayudas para estudiantes de enseñanza superior del municipio de Eivissa, curso 2025-2026
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Descripción
El Ayuntamiento de Eivissa concede premios para reconocer los mejores expedientes académicos del curso 2025/2026 del alumnado de 2º de bachillerato y 2º de ciclo formativo de grado medio empadronado en el municipio. Cada premio asciende a 500 € brutos (425 € netos, tras una retención del 15% de IRPF) y se otorgará a un máximo de 20 personas con nota media igual o superior a 8,00, por orden descendente de nota media del expediente.
Requisitos
- Estar empadronado/a en el municipio de Eivissa a fecha 31 de diciembre de 2025
- No haber cumplido los 31 años a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOIB
- Haber cursado en el curso 2025/2026 estudios de 2º de bachillerato o 2º de ciclo formativo de grado medio en cualquier centro docente oficial
- Haber obtenido una nota media de bachillerato o de ciclo formativo de grado medio igual o superior a 8,00
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Eivissa, con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y con el Estado español
- Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
Documentación necesaria
- Documento de identidad de la persona solicitante
- Documento de identidad del padre, madre o tutor/a legal, si la persona solicitante es menor de edad
- Certificado académico oficial que refleje las asignaturas realizadas cada curso con su calificación y la nota media de bachillerato o ciclo formativo de grado medio
- Certificado de titularidad bancaria o documento equivalente a nombre de la persona solicitante (donde figure el DNI)
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, salvo que se autorice al Ayuntamiento para su obtención telemática
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud mediante el correspondiente trámite disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Eivissa o el formulario oficial
- 2Si se opta por la tramitación en línea, aportar la documentación en formato PDF
- 3Presentar la solicitud en el Registro de Entrada (SAC, c. de Canàries, 35), a través de la sede electrónica (https://eivissa.sedelectronica.es), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
- 4La presentación de la solicitud comporta la autorización al Ayuntamiento para obtener de forma directa los certificados telemáticos de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, salvo denegación expresa, en cuyo caso deberán aportarse
- 5Esperar la publicación del requerimiento de subsanación, propuesta de resolución provisional y resolución de concesión en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento
Dónde: Registro de Entrada (SAC, c. de Canàries, 35) o sede electrónica del Ayuntamiento de Eivissa (https://eivissa.sedelectronica.es), así como por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
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