CONVOCATORIA INSTRUMENTAL RESOLUCION DECRETO DE LA PRESIDENCIA Nº352 DE 16/06/26 DE IPRODECO PARA GASTOS CORRIENTES A ASOC. CITRICOLA PALMANARANJA PARA ASISTENCIA A LA FERIA FRUIT ATTRACTION 2026
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Descripción
Otras actuaciones de carácter económico
Requisitos
- Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario (justificación conforme al art. 13.7 de la LGS)
- Ser la entidad solicitante: Asociación Profesional Citrícola Palmanaranja con CIF G14599906
- No existir convocatoria pública abierta en el Instituto para atender la ayuda solicitada (subvención de carácter excepcional/concesión directa al amparo de los arts. 22 y 28 de la LGS y art. 67 del RD 887/2006)
- Aceptar expresamente la subvención en el plazo de quince días hábiles desde la notificación
Documentación necesaria
- Memoria Justificativa
- Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad con identificación del acreedor, número de factura, concepto, importe, fecha de emisión y fecha de pago
- Acreditación de las medidas de difusión adoptadas para dar publicidad del carácter público de la financiación, con inclusión del logotipo del Instituto y de la Diputación de Córdoba
- Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, con indicación de importe y procedencia
- Carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados
- Declaración responsable sobre la naturaleza del IVA justificado (en caso de Empresas, Mancomunidades, Consorcios y Entidades sin ánimo de lucro)
- Tres ofertas de diferentes proveedores cuando el importe del gasto supere las cuantías del contrato menor según la legislación de Contratos del Sector Público
Cómo solicitar
- 1La solicitud fue presentada telemáticamente por la Asociación Profesional Citrícola Palmanaranja, con entrada el 21/05/2026 (nº 611) en el Registro del Instituto Provincial de Desarrollo Económico
- 2Emisión de informe por el órgano instructor verificando el cumplimiento de requisitos y condiciones conforme a la Ley 38/2003
- 3Emisión de informe jurídico sobre la procedencia de la concesión directa excepcional
- 4Fiscalización previa favorable de la Intervención del Instituto
- 5Resolución de la Presidencia concediendo la subvención mediante Decreto
- 6Notificación de la resolución al beneficiario, que dispone de quince días hábiles para su aceptación expresa; en su defecto, se entenderá tácitamente aceptada
- 7Abono en un solo pago mediante modalidad de pago prepagable tras la firma del Decreto
- 8Ejecución del proyecto entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- 9Justificación mediante Cuenta Justificativa en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del proyecto
- 10Comunicación de la concesión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y publicación en el Portal de la Transparencia del Instituto
Dónde: Sede electrónica del Instituto Provincial de Desarrollo Económico (IPRODECO) — https://www.iprodeco.es/sede (presentación telemática en el Registro del IPRODECO)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913295Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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