CONVOCATORIA INSTRUMENTAL RESOLUCION DECRETO DE PRESIDENCIA Nº 364 DE 16/06/26 DE IPRODECO AL AYTO DE VILLANUEVA DEL DUQUE PARA GASTOS CORRIENTES DE LA XXI FERIA DEL TURISMO RURAL
Próximamente · pendiente de publicación oficial
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Descripción
Otras actuaciones de carácter económico
Requisitos
- Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario conforme al artículo 13.7 de la LGS y título preliminar, capítulo III, sección 3ª del Reglamento de desarrollo (RD 887/2006)
- Cumplir con el Anexo de Requisitos Básicos de fiscalización e intervención limitada previa (3.2 Subvenciones excepcionales)
- Ser el Ayuntamiento de Villanueva del Duque (CIF P1407000G)
- Cumplir con todas las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
Documentación necesaria
- Memoria Justificativa
- Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad con identificación del acreedor, número de factura, concepto, importe, fecha de emisión y fecha de pago
- Acreditación de las medidas de difusión adoptadas para la adecuada publicidad del carácter público de la financiación, incluyendo logotipos del Instituto y de la Diputación de Córdoba
- Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad con indicación de importe y procedencia
- Carta de pago de reintegro en caso de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados
- Declaración responsable sobre la naturaleza del IVA justificado (en caso de no adjuntarla se entenderá que la entidad puede recuperar o compensar el IVA)
- Tres ofertas de diferentes proveedores para gastos que superen las cuantías del contrato menor, con carácter previo a la contracción del compromiso, salvo excepciones justificadas
Cómo solicitar
- 1Presentar la solicitud en el Registro Telemático del Instituto Provincial de Desarrollo Económico
- 2Emisión de informe del órgano instructor verificando el cumplimiento de requisitos del artículo 13 de la LGS
- 3Emisión del informe jurídico correspondiente
- 4Fiscalización previa favorable de la Intervención del Instituto
- 5Aprobación mediante Decreto de Resolución por la Presidencia al amparo de los artículos 22 y 28 de la Ley 38/2003 y artículo 67 del RD 887/2006
- 6Notificación de la resolución al beneficiario
- 7Aceptación expresa de la resolución en el plazo de quince días hábiles desde la notificación (en su defecto se entenderá tácitamente aceptada)
- 8Ejecución del proyecto en el plazo del 15 de enero al 31 de diciembre de 2026
- 9Abono en un solo pago mediante la modalidad de pago prepagable tras la firma del Decreto
- 10Justificación mediante Cuenta Justificativa conforme al artículo 75 del Reglamento de la LGS en el plazo máximo de tres meses tras la finalización del proyecto
Dónde: Sede electrónica del Instituto Provincial de Desarrollo Económico (https://www.iprodeco.es/sede) - Registro Telemático
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913301Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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