CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS PARA EL FOMENTO Y LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE DE KÁRATE. ANUALIDAD 2026 (LINEA 17).
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dotadas con 2.000,00 euros en total, destinadas a clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Villajoyosa para sufragar gastos de participación en competiciones deportivas federadas de kárate y de organización de eventos o competiciones federadas de esta modalidad durante la temporada 2025/2026 (del 16/09/2025 al 15/09/2026).
Requisitos
- Ser club o entidad deportiva sin ánimo de lucro inscrita como entidad deportiva en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Villajoyosa
- Tener entre sus fines la enseñanza y difusión del kárate
- Las actividades subvencionables deben ser competiciones deportivas federadas de kárate y/o la organización de eventos o competiciones deportivas federadas en esta modalidad
- Quedan excluidos los eventos deportivos de carácter no federado y la promoción de deportes a través de escuelas deportivas cuyos deportistas no estén federados
Documentación necesaria
- Anexo I: Solicitud de inclusión en el procedimiento de concesión de subvención, firmada por la Presidencia de la entidad
- Anexo II: Declaración jurada
- Anexo III: Declaración de los criterios de valoración
- Anexo V: Ficha de mantenimiento de terceros, con certificado bancario del número de cuenta de la entidad solicitante y documento de alta a terceros oficial del Ayuntamiento de La Vila Joiosa (si no se hubiera presentado con anterioridad)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar y firmar el Anexo I (solicitud de inclusión en el procedimiento de concesión de subvención) por la Presidencia de la entidad
- 2Aportar el Anexo II (declaración jurada)
- 3Aportar el Anexo III (declaración de los criterios de valoración)
- 4Aportar el Anexo V (ficha de mantenimiento de terceros) con certificado bancario y, en su caso, el documento de alta a terceros oficial del Ayuntamiento
- 5Presentar la solicitud y la documentación en el plazo habilitado, por los medios electrónicos, informáticos y telemáticos conforme a la Orden EHA/2261/2007
- 6Cumplir las obligaciones de las beneficiarias y justificar los gastos subvencionables en el plazo establecido una vez realizada la actividad
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de La Vila Joiosa / medios electrónicos del Ayuntamiento
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