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AYUNTAMIENTO DE VILLAJOYOSA/VILA JOIOSA, LA

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS PARA EL FOMENTO Y LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE DE KÁRATE. ANUALIDAD 2026 (LINEA 17).

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Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dotadas con 2.000,00 euros en total, destinadas a clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Villajoyosa para sufragar gastos de participación en competiciones deportivas federadas de kárate y de organización de eventos o competiciones federadas de esta modalidad durante la temporada 2025/2026 (del 16/09/2025 al 15/09/2026).

Requisitos

  • Ser club o entidad deportiva sin ánimo de lucro inscrita como entidad deportiva en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Villajoyosa
  • Tener entre sus fines la enseñanza y difusión del kárate
  • Las actividades subvencionables deben ser competiciones deportivas federadas de kárate y/o la organización de eventos o competiciones deportivas federadas en esta modalidad
  • Quedan excluidos los eventos deportivos de carácter no federado y la promoción de deportes a través de escuelas deportivas cuyos deportistas no estén federados

Documentación necesaria

  • Anexo I: Solicitud de inclusión en el procedimiento de concesión de subvención, firmada por la Presidencia de la entidad
  • Anexo II: Declaración jurada
  • Anexo III: Declaración de los criterios de valoración
  • Anexo V: Ficha de mantenimiento de terceros, con certificado bancario del número de cuenta de la entidad solicitante y documento de alta a terceros oficial del Ayuntamiento de La Vila Joiosa (si no se hubiera presentado con anterioridad)

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar y firmar el Anexo I (solicitud de inclusión en el procedimiento de concesión de subvención) por la Presidencia de la entidad
  2. 2Aportar el Anexo II (declaración jurada)
  3. 3Aportar el Anexo III (declaración de los criterios de valoración)
  4. 4Aportar el Anexo V (ficha de mantenimiento de terceros) con certificado bancario y, en su caso, el documento de alta a terceros oficial del Ayuntamiento
  5. 5Presentar la solicitud y la documentación en el plazo habilitado, por los medios electrónicos, informáticos y telemáticos conforme a la Orden EHA/2261/2007
  6. 6Cumplir las obligaciones de las beneficiarias y justificar los gastos subvencionables en el plazo establecido una vez realizada la actividad

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de La Vila Joiosa / medios electrónicos del Ayuntamiento

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913304Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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